Súmate exige al CNE prohibir la propaganda gubernamental durante la campaña

Súmate solicitó al CNE garantizar la igualdad y equidad de condiciones para todos los candidatos a diputados a la Asamblea Nacional y fuerzas políticas que los respaldan, como la neutralidad e imparcialidad de los poderes públicos, a partir del viernes 13 de noviembre al jueves 03 de diciembre, lapso oficial de la campaña electoral; como también del viernes 04 al domingo 06 de diciembre, días en los cuales está prohibido hacer campaña electoral de acuerdo a la actividad 76 del Cronograma Oficial.

 La ONG fundamentó su solicitud en los resultados de su labor de seguimiento y monitoreo a la pre-campaña electoral, al haber detectado la forma fraudulenta de no acatar la Constitución, leyes y normativas electorales por parte del Gobierno Nacional, el Comando Bolívar – Chávez, como también de aprovecharse de los 10 minutos diarios de propaganda oficial gratuita que le otorga al Estado el artículo 10, numeral 2, de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

 Como prueba, Súmate consignó los videos de 3 transmisiones, dos de ellas oficiales y una proselitista, a través de la plataforma de medios de comunicación del Estado, que ocurrieron del 04 al 10 de noviembre de este año, en dos de ellas está el Presidente de la República, Nicolás Maduro, en actos oficiales, en la primera acompañado de los candidatos a diputados por el estado Miranda Haiman El Troudi (Lista) y Elías Jaua (Circunscripción 6); en la segunda en el estado Monagas con el candidato Lista Diosdado Cabello; y la tercera de ellas un acto explícitamente proselitista del Presidente de la Directiva de la Asamblea Nacional, Diputado Diosdado Cabello, con los candidatos a diputados por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y su alianza Gran Polo Patriótico (GPP) en el estado Miranda.

 En la carta consignada a los rectores del CNE, la ONG pidió que dicten las siguientes medidas:

1.    Exigir a los funcionarios de los gobiernos nacional, estadal y municipal, como de los otros poderes nacionales de la República, no utilizar los bienes y recursos del Estado a favor de parcialidad política alguna.

2.    Prohibir la transmisión de propaganda sobre la promoción de la gestión de los Gobiernos Nacional, Estadales y Municipales, como el Uso de la Imagen del ExPresidente difunto, Hugo Chávez, que se ha venido utilizando con claro propósito de influir en la intención electoral de los venezolanos en los espacios televisivos, radiales, impresos y digitales, como también en las Cadenas y Transmisiones Especiales por la plataforma de medios de comunicación del Estado.

3.    Exigir al Ministerio de Información y Comunicación y los directivos de los medios de comunicación social del Estadoimparcialidad y equilibrio en sus diferentes espacios informativos y de opinión; y que ofrezcan una cobertura igualitaria de los argumentos a favor de todas las partes y otorguen a todos los candidatos y partidos que los respaldan un acceso igualitario para que transmitan sus propuestas al electorado. Así lo establecen los artículos 72, numerales 2 al 4 y 10 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

4.    Exhortar al gobierno nacional a la tolerancia política ante las críticas sobre su gestión por parte de los candidatos a diputados, partidos políticos, grupos de electores, y electores en general, así como el cese de las agresiones, amenazas y la apertura y continuidad de medidas administrativas y sanciones contra los medios de comunicación social, sus directivos y periodistas.

5.    Prohibir el abuso cometido por el Gobierno Nacional de utilizar con claros propósitos electorales los 10 minutos diarios gratuitos en los medios televisivos y radiales del país, que le otorga al Estado el artículo 10, numeral 2, de la Ley Orgánica de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos. Esta disposición establece claramente que estos 10 minutos deben destinarse para la transmisión de mensajes culturales, educativos, informativos, preventivos de servicio público:El Estado podrá difundir sus mensajes a través de los servicios de radio y televisión. A tales fines, podrá ordenarle a los prestadores de estos servicios la transmisión gratuita de: 2. Mensajes culturales, educativos, informativos o preventivos de servicio público, los cuales no excederán, en su totalidad, de setenta minutos semanales, ni de quince minutos diarios…”

6.    Aplicar las sanciones administrativas a quienes utilicen los bienes y recursos del Estado en la campaña electoral, en detrimento de las otras opciones políticas, de conformidad con lo previsto en el artículo 232 numeral 4 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, consistente entre cinco mil Unidades Tributarias (5.000 U.T.) a siete mil Unidades Tributarias (7.000 U.T.), que oscilaría entre setecientos cincuenta mil (750.000,00) y un millón 50 mil (1.050.000,00) bolívares, y

7.    Solicitar al Gobierno Nacional garantizar el ejercicio de los derechos a la Libertad de Expresión, el Acceso a la Información Oportuna, Veraz e Imparcial; el Libre tránsito, la Libertad de reunión pública y privada, y de manifestación, estipulados en los artículos 48, 50, 53, 57, 58, 63, 64 y 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los 23 municipios que están bajo el régimen de Estado de Excepción en los estados Apure, Táchira y Zulia, que integran a nueve circunscripciones uninominales: 10 municipios de los 29 del estado Táchira, que equivale al 34 por ciento del total de sus localidades; 10 de los 21 municipios del estado Zulia, que representan el 50 por ciento de sus localidades;  y 3 de los 7 municipios del estado Apure, lo cual implica el 43 por ciento de la totalidad de ellos. El ejercicio de estos derechos es indispensable para que se dé el debate intenso, libre y abierto sobre todas las cuestiones de interés público entre los candidatos a diputados y la población en general, que son inherentes al proceso electoral del próximo 6 de diciembre.

DC|NP

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