
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), ha emitido la Licencia General Nº 47. Esta autorización permite ciertas transacciones relacionadas con la exportación y venta de diluyentes de origen estadounidense hacia Venezuela.
Según el documento, la licencia es válida para operaciones que involucren al Gobierno venezolano, Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) o cualquier entidad donde PDVSA tenga una participación mínima del 50%. Las actividades deben ser ordinarias y estar sujetas a las leyes estadounidenses, con cualquier disputa resolviéndose en ese país.
La licencia permite procesar pagos, organizar el transporte y ofrecer servicios logísticos, que incluyen fletamentos de buques y seguros marítimos, incluso si son gestionados por autoridades o operadores del Gobierno de Venezuela.
Sin embargo, la Licencia General Nº 47 prohíbe modalidades de pago que no sean comercialmente razonables, como intercambios de deuda o pagos en criptomonedas, incluyendo el petro. También se excluyen transacciones con personas o entidades de Irán, Corea del Norte o Cuba, así como aquellas que involucren bienes bloqueados bajo las regulaciones de sanciones a Venezuela.
Las empresas que realicen exportaciones de diluyentes deberán enviar informes detallados sobre las transacciones a correos electrónicos establecidos por las autoridades estadounidenses, con un primer informe a presentar dentro de los 10 días siguientes a la primera operación, y luego cada 90 días.
La Licencia General Nº 47 fue firmada por Bradley T. Smith y tiene vigencia hasta el 3 de febrero de 2026, aclarando que su contenido no exime del cumplimiento de otros requisitos federales de EE.UU.
DCN/Agencias