Los Derechos Humanos, por Luis Acosta

La inviolabilidad de la vida se constituye en uno de los grandes logros de la humanidad y, aun más, cuando estas defensas físicas y de vida son convertidas en Derechos Humanos, todo está echado. En efecto, se establece en la vida del hombre y de la familia como la más trascendente y definida conquista la cual cede al hombre el respeto integral y sagrado de su existencia. Por otro lado, su semblanza al Supremo, hasta llegar a la idolatría que involucra la inmortalidad del hombre en su espacio, espíritu y alma, al situarlo tal Dios terrenal para mantener vivo y en su completa esencia, como lo garantiza esa inviolabilidad en figura y amor al más importante criador de los mortales, y después de Dios, el Hombre.

Corriendo el año 539 a.c., después de conquistar Babilonia, Ciro El Grande, en un documento grabado en un cilindro de barro conocido como El Cilindro de los Derechos Humanos, en lenguaje acadio y con escritura cuneiforme, configuró la primera declaración sobre Derechos Humanos de la historia. Por eso cada día debe tratar la sociedad de mantener incólume la vida del hombre para que en la política pueda también sostener su grandeza. Los hombres y las mujeres que exalten la eficiencia en todo y para todo para ser competentes y útiles en su labor deben ser protegidos. Nadie tiene derecho a herir, torturar y, mucho menos, matar a un ser humano. Como asegura en el argot familiar el pueblo, al ser humano “ni con el pétalo de una rosa”.

En sí, a los ciudadanos que dedican su vida a proteger el legado de su derecho a vivir plenamente y en libertad, debe otorgárseles todos los instrumentos legales e insumos necesarios para proteger estos logros, para que los grandes servicios, en las esferas mundiales, sean cada día mas favorables hacia quienes los pidan y necesiten. En este sentido, podría anotarse que la Magna Carta para establecer la libertad, en el año 1215, fue la influencia primitiva más significativa en el extenso proceso histórico que condujo a la Ley Constitucional actual en el mundo de habla inglesa.

La Petición del Derecho, en el año 1628, es el siguiente hito reconocido en el desarrollo de los derechos humanos como una declaración de libertades civiles hechos por el parlamento inglés. Después, la Declaracion de Independencia de los Estados Unidos, en 1776, hace énfasis en los derechos individuales y el derecho de revolución y, pocos años después, La Carta de Derechos, escrita y discutida a partir de 1787 y finalmente aprobadas en 1791, protege la libertad de expresión, la religiosa, el derecho a tener y portar arma, el acuerdo de reunirse y la libertad de petición.

La Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos, de Francia en 1789, causó la abolición de una monarquía absoluta y creó la plataforma para el establecimiento de la Primera República francesa. Esto ocurrió solo seis semanas después del ataque súbito a La Bastilla y apenas 3 semanas después de la abolición del feudalismo. La Asamblea Nacional Constituyente adoptó la Declaración de los Derechos del Hombre y de los Ciudadanos que proclama que “a todos los ciudadanos se les debe garantizar los derechos de libertad de propiedad, seguridad y resistencia a la opresión”. Allí se expresa que los derechos naturales de cada hombre tienen solo aquellos límites que aseguran a los demás miembros de la misma sociedad el goce de estos mismos derechos. Por lo tanto, la Declaración ve a la Ley como una expresión de la voluntad general destinada a promocionar esta equidad de derechos y prohibir “solo acciones dañinas para la sociedad” (sic).

En fin, las naciones se unieron en el año 1945 y fundaron la Organización de Las Naciones Unidas (ONU) para proteger y promocionar la paz. En 1948 se produce la Declaración Universal de Derechos Humanos. Luego, los Derechos Humanos y la posibilidad de encauzar Delitos de Lesa Humanidad persiguen dejar siempre viva la oportunidad a favor del agraviado de hacer valer sus Derechos Humanos Universales mediante la aplicación del Estatuto de Roma sobre los delitos de lesa humanidad para que los abusos no prescriban, se paguen, se mantengan y solo mueran cuando muera el sujeto culpable de delito. La posibilidad de encauzar los delitos de lesa humanidad mediante la aplicación del Estatuto de Roma tiene el sentido de la equidad por aquello de que “lo que es bueno para el pavo debe ser bueno también para la pava”.

 

DC / Luis Acosta / Articulista

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