El 8 de abril de 2026, en la Gaceta Oficial Nº 7.018 Extraordinario, se publicó la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos. Este nuevo marco legal permite a la Administración Pública acelerar tiempos de respuesta, simplificar procesos y modernizar gestiones tanto para ciudadanos como para empresas.
La ley busca reducir la burocracia y eliminar trámites que obstaculizan la atención al público, estableciendo principios de simplicidad, eficiencia, transparencia y presunción de buena fe. Se evitarán formalidades innecesarias en las decisiones administrativas.
Entre sus disposiciones, se otorgan al presidente de la República poderes para suspender, simplificar o anular trámites, así como para promover la digitalización de procesos y crear ventanillas únicas digitales. Estas atribuciones no se aplican a procedimientos judiciales.
Se establece la creación de la Comisión Nacional para la Celeridad y Optimización de Trámites, que contará con representantes del Ejecutivo, la Asamblea Nacional, gobernaciones, alcaldías y la Defensoría del Pueblo. Esta comisión tendrá la tarea de evaluar y proponer medidas para simplificar las gestiones en el país.
Asimismo, se imponen obligaciones a los organismos públicos para que incorporen tecnologías electrónicas y eviten duplicidades en requisitos. La ley también considera la importancia de prevenir la exclusión por brecha digital, garantizando atención presencial y asistencia de funcionarios.
Cada entidad deberá contar con una unidad responsable de velocidad en los trámites y coordinar el intercambio de información. Se establece una responsabilidad jurídica ante dilaciones injustificadas o exigencias de requisitos innecesarios.
Por último, se otorgan 180 días para que los organismos públicos ajusten sus procesos a la nueva ley y se ordena la liquidación del Instituto Nacional de Gestión Eficiente de Trámites y Permisos, creado en 2014.
DCN/Agencias