En la Gaceta Oficial N° 43.182, datada el 1° de agosto de 2025, se anunciaron dos Providencias emitidas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que establecen las tasas para el cálculo de los intereses moratorios de los meses de mayo y junio de 2025.
Según la primera Providencia, la tasa de interés activa promedio ponderada de los seis principales bancos comerciales y universales del país, excluyendo las carteras de intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para mayo de 2025, es del 59,22%. Por lo tanto, para los intereses moratorios generados en ese mes, se aplicará esta tasa multiplicada por 1.2, resultando en un 71,064%.
La segunda Providencia señala que la tasa de interés activa promedio ponderada para los seis bancos mencionados, fijada por el Banco Central de Venezuela para junio de 2025, es del 59,27%. De esta forma, los intereses moratorios correspondientes a junio se calcularán aplicando esta tasa elevada en 1.2 veces, lo que da como resultado un 71,124%.
Estas regulaciones son parte de las medidas del SENIAT para ajustar las obligaciones tributarias en el país.
DCN/Agencias