Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.909 – Ley del Sistema Tributario del Distrito Capital

En la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.909, fechada el 2 de junio de 2025, se publicó la Ley del Sistema Tributario del Distrito Capital. Esta normativa establece directrices sobre la creación, organización y administración de impuestos en la jurisdicción de la capital.

El artículo 1 detalla que la ley regula el impuesto de uno por mil, tasas, timbre fiscal electrónico y sanciones correspondientes, a ser administradas por el Ejecutivo del Distrito Capital. Su ámbito de aplicación abarca todas las actividades generadoras de tributos en la región.

Los principios que rigen el sistema tributario incluyen legalidad, equidad y transparencia, garantizando la correcta gestión de los tributos. Entre los impuestos establecidos, se encuentra el impuesto sobre instrumentos crediticios y el uso de medios de pago por entes del Poder Público, así como tasas administrativas.

Los sujetos pasivos de este sistema son personas naturales y jurídicas que se benefician de créditos, servicios o que realizan trámites ante la administración pública del Distrito. Los hechos imponibles relacionados con estos tributos están definidos, junto a la exigencia de pagos en bolívares, ajustados al tipo de cambio del Banco Central de Venezuela.

La administración tributaria del Distrito debe implementar herramientas tecnológicas para facilitar la gestión de los tributos, manteniendo actualizada la información normativa en su portal. Además, cualquier actividad económica en el Distrito requiere registro ante esta administración.

Finalmente, la ley incluye un capítulo sobre sanciones por incumplimiento, así como disposiciones finales que derogan anteriores normativas y establecen plazos para la implementación de nuevas regulaciones asociadas.

DCN/Agencias

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