Modifican requisitos para compra de divisas en el Sicad II

En una circular, el Banco Central de Venezuela informó que han cambiado los requisitos para el acceso al Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II).

Las personas naturales y jurídicas ahora tendrán que entregar más recaudos al momento de la solicitud y las operaciones de compra de divisas no podrán ser inferiores a los 1.000 dólares.

¿Qué hace falta ahora?

Las personas naturales tendrán que consignar ante los operadores cambiarios: original y copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, constancia de ingresos expedida por el pagador con no más de 30 días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación, copia de la última declaración de Impuesto sobre la Renta, original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF). Antes el BCV solamente exigía original y copia de la cédula de identidad y del RIF.

Caso estudiantes: El interesado deberá consignar original de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento. También la documentación correspondiente a la persona que financia la adquisición de divisas de que se trate a beneficio del estudiante.

Personas jurídicas: original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente, en caso que no repose en el expediente del cliente; copia de las últimas 2 declaraciones de Impuesto Sobre la Renta, en las que se evidencie la contribución en las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente y original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente. Antes solo se necesitaba copia del documento constitutivo y el RIF.

 

Informe21/DC

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