En una circular, el Banco Central de Venezuela informó que han cambiado los requisitos para el acceso al Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (Sicad II).
Las personas naturales y jurídicas ahora tendrán que entregar más recaudos al momento de la solicitud y las operaciones de compra de divisas no podrán ser inferiores a los 1.000 dólares.
¿Qué hace falta ahora?
Las personas naturales tendrán que consignar ante los operadores cambiarios: original y copia de la cédula de identidad, constancia de residencia, constancia de ingresos expedida por el pagador con no más de 30 días continuos de anticipación a la fecha de realización de la operación, copia de la última declaración de Impuesto sobre la Renta, original y copia del Registro de Información Fiscal (RIF). Antes el BCV solamente exigía original y copia de la cédula de identidad y del RIF.
Caso estudiantes: El interesado deberá consignar original de su constancia de estudios y copia certificada de la partida de nacimiento. También la documentación correspondiente a la persona que financia la adquisición de divisas de que se trate a beneficio del estudiante.
Personas jurídicas: original y copia del documento constitutivo o estatutario, debidamente registrado y vigente, en caso que no repose en el expediente del cliente; copia de las últimas 2 declaraciones de Impuesto Sobre la Renta, en las que se evidencie la contribución en las cargas públicas según la capacidad económica del contribuyente y original y copia del Registro Único de Información Fiscal (RIF) o ejemplar del Comprobante Digital vigente. Antes solo se necesitaba copia del documento constitutivo y el RIF.
Informe21/DC