
El Tribunal Superior de Bogotá revocó el 28 de octubre el fallo que suspendía parcialmente la política de bombardeos del presidente Abelardo De la Espriella. Esta decisión anula una sentencia del 16 de septiembre, que prohibía los bombardeos si se confirmaba la presencia de menores reclutados por grupos guerrilleros.
Ese mismo día, Ariel Cortés, director del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, informó que ocho adolescentes murieron durante estas operaciones. La Presidencia de Colombia acogió la decisión del tribunal y afirmó que las acciones militares se rigen por la Constitución, la ley y el Derecho Internacional Humanitario. En su comunicado, aseguró que las operaciones deben llevarse a cabo dentro de las competencias constitucionales, respetando la independencia judicial y los derechos fundamentales.
Además, el presidente De la Espriella anunció un nuevo ataque aéreo, el sexto, describiendo la madrugada como «movida» y el bombardeo como «muy importante y estratégico», aunque no ofreció más detalles. Según Caracol Radio, este ataque se llevó a cabo en el departamento del Chocó, donde actúan el ELN y el Clan del Golfo.
DCN/Agencias