
La reforma a la Ley contra el Odio propone sustituir las penas de prisión de entre 10 a 20 años por multas en bolívares que oscilan entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela (BCV). Las infracciones incluidas son los discursos de odio, la incitación a la guerra, el hostigamiento y los mensajes de tipo discriminatorio o violento.
Además, la ley cambiará su nombre a “Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia”. El monto de las multas será determinado por el Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, considerando factores como la gravedad de la falta, el medio utilizado, la intencionalidad, el beneficio económico y si hay reincidencia. Antes de sancionar, se deberá abrir un expediente, y una vez confirmada la sanción, la persona tendrá 30 días para realizar el pago en una entidad del sistema público.
El texto aclara que el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión no se considerarán discursos de odio, siempre que no impliquen incitación a actos violentos.
La reforma también ofrece la opción de cambiar las multas por trabajos comunitarios de entre 200 a 600 horas y formación en cultura de paz. Las personas sancionadas podrán presentar una demanda en un plazo de 30 días.
Se creará una Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica, compuesta por 15 miembros de diversas instituciones, incluyendo diputados y ministros.
Asimismo, los medios de comunicación, tanto públicos como privados, deberán difundir contenido que promueva la convivencia y el respeto a la diversidad, y el incumplimiento podrá acarrear procedimientos administrativos. Las plataformas digitales también tendrán la responsabilidad de prevenir la difusión de mensajes que inciten al odio y retirar contenidos prohibidos.
DCN/Agencias