El TSJ declaró que la propuesta de reforma de la Ley contra el Odio es constitucional

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela aprobó que la Asamblea Nacional (AN) discuta el proyecto de reforma parcial de la Ley contra el Odio. Esta validación fue informada a través de una sentencia de la Sala Constitucional, publicada en su portal web, que señala la conformidad constitucional de la propuesta para que el Parlamento continúe con el proceso legislativo, permitiendo su discusión y eventual aprobación.

La propuesta de modificación surge después de que Delcy Rodríguez, la mandataria encargada, solicitara la revisión del texto a la directiva de la AN, presidida por su hermano, Jorge Rodríguez. En esta ocasión, Rodríguez admitió que las autoridades habían aplicado de manera incorrecta y abusiva algunos preceptos de la ley, respaldando lo que han manifestado años atrás organizaciones de derechos humanos y sectores de la oposición.

La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, fue promulgada en noviembre de 2017 por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), creada en un contexto de crisis política y que operó de forma paralela a la AN electa. Esta legislación impone sanciones penales de hasta 20 años de prisión para quienes incurran en delitos de odio, un aspecto que ha generado críticas por las limitaciones a las libertades fundamentales, según diversas organizaciones no gubernamentales, como Espacio Público.

Hasta la fecha, Foro Penal ha documentado que al menos 927 personas han sido acusadas de incitación al odio desde que la ley entró en vigencia en 2017. A pesar de la autorización para debatir la reforma, numerosos activistas y defensores de derechos humanos sostienen que la solución debería ser la derogación total de la ley.

DCN/Agencias

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