BCV implementa nuevas regulaciones para el crédito y las tasas de interés

El Banco Central de Venezuela (BCV) ha emitido nuevas directrices para regular el crédito y las tasas de interés en el sistema financiero, bajo la Resolución N° 26-08-01, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 7.073, fechada el 11 de septiembre de 2026.

Esta normativa establece las condiciones aplicables a los créditos, así como las tasas activas y pasivas del sistema bancario y los financiamientos otorgados con tarjetas de crédito. La regulación de estos elementos es parte de la política monetaria del BCV, diseñada para facilitar la asignación de recursos y fomentar el crecimiento económico.

Una de las principales disposiciones es que los créditos deben expresarse en Unidad de Valor de Crédito (UVC), cuyo valor será determinado por el BCV, teniendo en cuenta el tipo de cambio de referencia del mercado. Para los créditos colocados en moneda nacional en la Cartera Productiva Única Nacional y a través de tarjetas de crédito, la tasa de interés anual será del 12% sobre el saldo en UVC.

Además, las entidades bancarias podrán cobrar una tasa de 20% anual sobre los intereses de todos los créditos en moneda nacional una vez expresados en UVC. Para tarjetas de crédito con líneas de financiamiento de 1.360 UVC o más, la tasa máxima será del 60%.

Las instituciones también podrán aplicar un cargo adicional de hasta 0,80% por obligaciones morosas. La Resolución establece tasas mínimas de interés para depósitos, siendo de 10% anual para depósitos a la vista y de 42% para ahorros de personas naturales.

Finalmente, la normativa, que entra en vigencia el 15 de septiembre de 2026, deroga la Resolución N° 25-12-01, y las entidades bancarias deberán informar sobre las tasas aplicadas y exhibirlas al público.

DCN/Agencias

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