El Seniat ya no requerirá la presentación física del RIF en comercios y empresas

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ha indicado a sus funcionarios que ya no es necesario solicitar la exhibición física del Registro de Información Fiscal (RIF) ni de otros documentos que se encuentran en sus bases de datos. Esta medida busca simplificar los trámites administrativos y avanzar hacia la digitalización en los procesos tributarios.

La comunicación fue enviada por el superintendente nacional aduanero y tributario, Román Maniglia, a través de la Circular SNAT/2026/4610, fechada el 30 de julio de 2026. El destinatario de la circular incluye a la Intendencia Nacional de Tributos Internos y a diversos gerentes y jefes de sectores.

Esta situación se enmarca en la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, que se publicó en abril de este año. Su propósito es reducir requisitos duplicados y fomentar el uso de herramientas tecnológicas en el ámbito público.

Según la circular, los funcionarios del Seniat ya no podrán solicitar que se muestre de manera visible la copia del RIF en los establecimientos, ni exigir la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR) del año fiscal anterior, dado que esta información ya está disponible en su sistema.

Para las futuras verificaciones, el Seniat planea establecer mecanismos electrónicos que permitirán verificar la información requerida mediante herramientas digitales. La intención es agilizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fomentar un sistema de control fiscal más eficiente y moderno.

DCN/Agencias

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