Licencia General 30B permite operaciones esenciales en puertos y aeropuertos de Venezuela

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos ha emitido la Licencia General No. 30B, que permite ciertas transacciones y actividades necesarias para la operación de puertos y aeropuertos en Venezuela, a pesar de las sanciones existentes bajo las normas de sanciones de Venezuela (31 CFR parte 591).

Esta nueva licencia reemplaza completamente a la Licencia General 30A, que estuvo vigente desde febrero de 2021, y actualiza las autorizaciones para actividades relacionadas con la infraestructura portuaria y aeroportuaria del país.

Según la licencia, las transacciones que normalmente estarían prohibidas bajo la Orden Ejecutiva 13884 del 5 de agosto de 2019, ahora son autorizadas, siempre que cumplan con los términos establecidos. También se permiten actividades que usualmente serían restringidas por la Orden Ejecutiva 13850 de noviembre de 2018, especialmente relacionadas con el Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA) y entidades donde INEA tenga una participación significativa.

No obstante, la Licencia General 30B presenta ciertas excepciones. No se permite:

  • Transacciones prohibidas por las regulaciones de sanciones de Venezuela, salvo lo que se especifica para operaciones portuarias o aeroportuarias.
  • Actividades con personas bloqueadas, exceptuando las vinculadas a INEA o sus entidades controladas.
  • Transacciones con funcionarios del gobierno venezolano bloqueados bajo la Orden Ejecutiva 13884.

La OFAC también ha señalado que esta emisión de licencia no exime a los exportadores de la obligación de cumplir con otras regulaciones federales de EE. UU., incluyendo las gestionadas por la Oficina de Industria y Seguridad (BIS).

DCN/Agencias

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