
La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Amnistía, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial N° 6.990 Extraordinaria. Esta norma entra en vigencia de forma inmediata y otorga una amnistía general y plena por delitos y faltas ocurridas desde el 1 de enero de 1999, en el contexto de eventos de conflicto político en el país.
El artículo 1 de la ley establece que su objetivo es fomentar la paz social y la reconciliación nacional, mediante la extinción de acciones penales, civiles y disciplinarias. El beneficio se aplica a personas procesadas o condenadas por situaciones específicas, como los sucesos de abril de 2002, el paro petrolero de 2003, y protestas de los años 2014, 2017, 2019, 2024 y 2025.
A pesar de su carácter general, el artículo 9 señala exclusiones para quienes hayan incurrido en violaciones graves a derechos humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra. Además, quedan fuera quienes sean responsables de homicidios intencionales, tráfico de drogas y actos de corrupción. También se excluyen a aquellos que participen en acciones armadas contra la soberanía nacional, financiadas por entidades extranjeras.
Para la implementación de esta ley, los tribunales deberán verificar cada caso y decidir sobre el sobreseimiento o anulación de sentencias en un plazo máximo de 15 días continuos. Aquellas personas que se encuentren fuera del país podrán ser representadas por abogados de su elección para gestionar su solicitud. Una vez que la petición sea presentada, el beneficiario no podrá ser arrestado por los hechos mencionados en la ley.
El documento también indica que los organismos policiales y de investigación deberán concluir las investigaciones relacionadas con los hechos amnistiados y eliminar los antecedentes penales de los beneficiarios.
DCN/Agencias