Aclaración sobre la prohibición de revisar celulares en alcabalas

El director de la Policía del estado Zulia, general José Salvador Viloria Sosa, hizo hincapié en que los funcionarios policiales no tienen autorización para revisar los teléfonos celulares de los ciudadanos en procedimientos rutinarios. Según Viloria Sosa, solo en circunstancias excepcionales, como en casos de delitos en flagrancia, se podría considerar la revisión de dispositivos, pero siempre con una notificación previa y cuando sea estrictamente necesario para la investigación inmediata.

El general también recordó que el artículo 48 de la Constitución de Venezuela establece el derecho al secreto de las comunicaciones privadas, lo que significa que estas no pueden ser interceptadas sin una orden judicial. Como resultado, ningún miembro del Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia (Cpbez) ni de otras instituciones de seguridad puede exigir acceso a los móviles, revisar redes sociales, fotografías o conversaciones, durante alcabalas o patrullajes sin el fundamento legal correspondiente.

Viloria Sosa advirtió que llevar a cabo revisiones de teléfonos sin el consentimiento del propietario o sin una orden judicial se considera un abuso de poder y una violación al debido proceso. Además, instó a la ciudadanía a reportar cualquier irregularidad a los entes competentes.

El director también destacó que la gestión regional está comprometida en supervisar el cumplimiento de estas normativas, con el fin de garantizar que las acciones policiales se realicen de manera legal y respetuosa de los derechos ciudadanos.

DCN/Agencias

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