
El Gobierno de Venezuela ha prorrogado por 60 días el estado de emergencia económica en todo el país, según el Decreto Nº 5.190, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.944 el 8 de diciembre de 2025. Esta medida, que amplía las atribuciones del Ejecutivo, se justifica por lo que el Gobierno califica como “circunstancias extraordinarias” en la economía tanto nacional como global.
Con esta prórroga, el Gobierno podrá seguir suspendiendo tributos, realizar gastos no contemplados en el presupuesto, modificar regímenes fiscales y aprobar operaciones de crédito público sin la intervención de otros poderes del Estado. Además, se suspende temporalmente la garantía constitucional de reserva legal en materias económicas, financieras y monetarias.
Esta emergencia puede extenderse otra vez por otros 60 días, conforme a lo que establece la Constitución y la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.
Durante el estado de emergencia y su prórroga, el Ejecutivo ha dictado varios decretos para centralizar recursos, modificar exenciones tributarias y aumentar su control sobre los ingresos públicos.
Uno de los decretos, el Nº 5.143, ordenó que las recaudaciones de entes descentralizados se transfirieran al Fondo Especial Ciudad Humana, destinado a financiar programas del Ejecutivo, lo que dio lugar a una recentralización de recursos.
Otro decreto, el Nº 5.145, eliminó temporalmente la exención del IVA para alimentos y medicinas, provocando debate por su aplicación después del vencimiento del decreto base de emergencia.
Finalmente, el decreto Nº 5.171 asignó al Ejecutivo el manejo y recaudo de peajes en todo el país, retirando esta responsabilidad de las gobernaciones y autoridades locales.
DCN/Agencias