
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (Intt) ha emitido un comunicado dirigiéndose a los operadores del transporte de carga, señalando que la circulación de vehículos con capacidad superior a 3.500 kg estará restringida desde la medianoche del 31 de diciembre de 2025 hasta el 1 de enero de 2026. Esta medida tiene como objetivo principal garantizar la seguridad vial en la época festiva.
La restricción se enmarca dentro de lo estipulado en las Resoluciones Conjuntas 083 y 022, emitidas por el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y el Ministerio del Poder Popular para el Transporte, respectivamente. Estas disposiciones ya fueron publicadas en la Gaceta Oficial N.º 42.425 el 25 de julio de 2022.
Cabe resaltar que esta prohibición no afecta a los vehículos que transportan alimentos, tanto perecederos como no perecederos, ni a aquellos que movilizan materias primas de estos productos. También quedan exentos los vehículos de asistencia vial, emergencias, policiales y militares, así como los que llevan material de telecomunicaciones para la defensa nacional.
Los vehículos que transportan agua potable, químicos para su potabilización, medicinas de corta duración, gas (incluyendo oxígeno y dióxido de carbono), desechos sólidos domiciliarios en unidades habilitadas, gas doméstico y combustibles para estaciones de servicio también están excluidos de esta restricción.
El Intt exhorta a los transportistas a tomar las debidas precauciones ante esta limitación en la circulación y a acatar rigurosamente las medidas establecidas, enfatizando que la colaboración de todos es crucial para proteger la integridad de quienes transitan por las vías en esta temporada.
DCN/Agencias