
Desde el Juzgado Contencioso Administrativo Federal n.º 11 de Argentina, se declaró nulo el protocolo antipiquetes de la exministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, contenido en la Resolución 943/23 del Ministerio de Seguridad.
El juez federal Martín Cormick, a cargo del juzgado, dio lugar a un amparo presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y diversas organizaciones de derechos humanos y sindicales.
Este protocolo, implementado en diciembre de 2023 por Bullrich, considera que cualquier manifestación que interrumpa el tránsito es un delito en flagrancia, lo que permite a las fuerzas de seguridad actuar para desalojar o dispersar las protestas.
El magistrado destacó que, a través de una Resolución Ministerial, se regulan derechos constitucionales como el derecho a peticionar a las autoridades y el derecho de reunión. Estos derechos, según Cormick, solo pueden ser regulados por leyes emanadas del Congreso Nacional.
El CELS expresó que el Ministerio de Seguridad utilizó esta resolución para restringir el derecho a la protesta, eludiendo así al Congreso y el Poder Judicial. Asimismo, se argumentó que el juez señaló que la resolución, bajo la apariencia de organizar el tránsito y dar «instrucciones a la policía», sobrepasa sus límites y llega a modificar leyes penales y procedimentales de la policía.
Esta decisión resalta una controversia en torno a la regulación del derecho a manifestarse en Argentina.
DCN/Agencias