Desde agosto de 2025, las empresas importadoras en Venezuela deben cumplir con un nuevo requisito para la nacionalización de mercancías: el Régimen Legal 9 (RL9). Esta medida, implementada por los Decretos N.º 5.103 y N.º 5.147, establece controles adicionales sobre el comercio exterior, exigiendo un permiso previo del Comité de Comercio Exterior (Comex).
El RL9 abarca más de 260 códigos arancelarios, incluyendo productos de consumo masivo, bienes industriales y manufacturas. Juan Miguel Guerra, especialista en aduanas, destaca que este permiso previo es clave para la nacionalización de mercancías bajo este régimen, marcando un cambio significativo en la regulación de importaciones.
Inicialmente, el Decreto N.º 5.103, emitido el 6 de marzo de 2025, introdujo el RL9 con una dispensa temporal para productos básicos como maíz y azúcar. Sin embargo, el Decreto N.º 5.147, publicado el 30 de junio, modificó esta disposición, haciendo obligatorio el permiso desde la primera semana de agosto. Aunque generó cierta incertidumbre sobre los plazos, el RL9 se implementó plenamente en agosto.
Los sectores más impactados incluyen alimentos básicos, productos de higiene y manufacturas. Entre las mercancías que requieren el permiso se encuentran lácteos, aceites, champúes, textiles y electrodomésticos. El Comex es el organismo encargado de procesar y autorizar las solicitudes de importación bajo el RL9.
Para los operadores del sector, esta medida representa una barrera no arancelaria que puede provocar demoras, costos adicionales y restricciones en la oferta. Guerra advierte que es fundamental que las empresas revisen detalladamente los códigos arancelarios de sus productos, ya que el permiso es un requisito indispensable para la nacionalización en aduanas.
DCN/Agencias