La Presidencia ad hoc de la Corte Penal Internacional (CPI) decidió el martes aceptar la solicitud del fiscal Karim A. Khan, quien se apartará de la investigación sobre crímenes de lesa humanidad en Venezuela debido a posibles conflictos de interés.
En su resolución, los jueces hicieron referencia al artículo 42(7) del Estatuto de Roma y a la regla 35 de las Reglas de Procedimiento y Prueba, indicando que la imparcialidad del fiscal debe ser garantizada en todo momento y en cualquier etapa del proceso.
El conflicto surgió porque Venkateswari Alagendra, cuñada de Khan y excolaboradora bajo su dirección, formó parte del equipo legal que defendió al régimen de Nicolás Maduro en apelaciones relacionadas con la reanudación de la investigación. La combinación de estos vínculos familiares y profesionales “podría llevar a un observador imparcial y razonable a temer la existencia de parcialidad”, lo que fundamenta el apartamiento del fiscal.
Además, el tribunal criticó la falta de transparencia de Khan por no haber informado de esta relación familiar de manera oportuna durante los procedimientos, lo cual incrementó las dudas sobre su imparcialidad en el caso.
Con información de AlbertoNews.
DCN/Agencias