Gaceta Oficial N° 43.182 sobre las tasas de interés moratorio para mayo y junio de 2025

En la Gaceta Oficial N° 43.182, datada el 1° de agosto de 2025, se anunciaron dos Providencias emitidas por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que establecen las tasas para el cálculo de los intereses moratorios de los meses de mayo y junio de 2025.

Tasa para mayo de 2025

Según la primera Providencia, la tasa de interés activa promedio ponderada de los seis principales bancos comerciales y universales del país, excluyendo las carteras de intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para mayo de 2025, es del 59,22%. Por lo tanto, para los intereses moratorios generados en ese mes, se aplicará esta tasa multiplicada por 1.2, resultando en un 71,064%.

Tasa para junio de 2025

La segunda Providencia señala que la tasa de interés activa promedio ponderada para los seis bancos mencionados, fijada por el Banco Central de Venezuela para junio de 2025, es del 59,27%. De esta forma, los intereses moratorios correspondientes a junio se calcularán aplicando esta tasa elevada en 1.2 veces, lo que da como resultado un 71,124%.

Estas regulaciones son parte de las medidas del SENIAT para ajustar las obligaciones tributarias en el país.

DCN/Agencias

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