El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha publicado la "Norma especial sobre la campaña electoral para las elecciones municipales 2025" en la Gaceta Electoral N.º 1.122, el 8 de julio. Sin embargo, la difusión oficial a las organizaciones políticas se realizó el 11 de julio, lo que ha generado preocupación por el corto tiempo de preparación antes del inicio de la campaña electoral, previsto del 11 al 24 de julio.
La normativa establece restricciones claras para la propaganda electoral en los medios de comunicación:
Televisión: Se permite un minuto diario por medio, lo que incluye a los canales públicos, privados y de suscripción. Este tiempo no se puede acumular.
Radio: Se autoriza hasta dos minutos diarios por emisora, también sin posibilidad de acumulación.
Respecto a la comunicación directa, los candidatos podrán enviar hasta tres mensajes semanales a través de operadoras telefónicas. El uso de redes sociales también debe ajustarse a las normas establecidas por el CNE.
Entre las prohibiciones destacan: mensajes violentos, discriminatorios, o financiados con fondos públicos o extranjeros, así como la propaganda en edificios públicos, centros de salud y educación, entre otros. Se prohibirá la difusión de encuestas en los siete días previos a las elecciones, a menos que incluyan ficha técnica.
Esta normativa restringe los tiempos de propaganda en comparación con las elecciones anteriores, donde se permitían tres minutos diarios en televisión, lo que marca un cambio significativo en el panorama electoral.
DCN/Agencias