Ajuste de aranceles de importación para vehículos y autopartes en Gaceta Oficial N° 43.166

El Ministerio de Economía y Finanzas ha anunciado una nueva resolución en la Gaceta Oficial N° 43.166, fechada el 9 de julio de 2025, que busca fortalecer el control en sectores clave del comercio exterior. Esta norma modifica los regímenes de importación y exportación para 29 subpartidas arancelarias relacionadas principalmente con vehículos automotores y sus componentes.

Se modifican las columnas 5 y 6 del artículo 37 del Decreto N° 4.944, vigente desde el 24 de abril de 2024. Las enmiendas establecen que la importación de las subpartidas enumeradas estará sujeta al Régimen Legal 20, que implica la obtención de licencias previas o restricciones especiales.

Entre los códigos arancelarios que se ven afectados se encuentran aquellos relacionados con motocicletas, automóviles, vehículos de transporte de mercancías, así como elementos cruciales como motores, chasis y neumáticos. Algunos ejemplos son:

  • 8701.21.00.00 – Tractores para semirremolques
  • 8703.22.10.10 – Vehículos de cilindrada entre 1.000 cm³ y 1.500 cm³
  • 8703.90.90.00 – Otros vehículos automóviles
  • 8711.20.20.00 – Motocicletas con motor eléctrico
  • 8716.31.00.10 – Remolques o semirremolques cisterna

Para la importación de estas mercancías, será necesaria una autorización especial emitida por la autoridad competente. En cuanto a las exportaciones, la mayoría se regirá por el régimen general, excepto algunos artículos como el 8716.31.00.10, que deberán observar los regímenes 11 y 20.

DCN/Agencias

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