El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) incluirá a personas con firma personal en la normativa sobre retención de impuestos en Venezuela. Esta medida entrará en vigencia el 1 de agosto de 2025.
En la providencia administrativa publicada en Gaceta Oficial número 43.171 el 16 de julio de 2025, el Seniat estableció que la obligación de retener el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ya no recae solo en empresas, sino también en individuos que realicen actividades económicas de manera independiente.
Susana Apóstol, contadora y especialista en derecho tributario, explicó que esta nueva providencia sustituye a la anterior, que excluía a personas naturales. La aclaración es que solo aquellos con firma personal deberán cumplir con esta normativa.
Apóstol subrayó que los identificados como sujetos pasivos especiales, con firma personal, serán responsables de hacer las retenciones del IVA. Destacó que la diferencia radica en que la nueva normativa incorpora formalmente a estas personas.
Respecto a los emprendedores, aquellos registrados en el Registro de Emprendimientos Nacional y dentro del período de tres años no están incluidos en esta obligación. Sin embargo, quienes no estén en el REN pero sí tengan una firma personal registrada en el mercantil, podrían ser considerados como agentes de retención si el Seniat los califica como especiales.
Apóstol enfatizó la importancia de entender estas regulaciones, resaltando que las sanciones por no cumplir con las retenciones pueden ser severas y afectar el funcionamiento de sus actividades económicas.
DCN/Agencias