Conoce detalles de la reforma parcial a la ley del Instituto de Vivienda y Hábitat en el estado Zulia

Tomando en cuenta que la Ley de Vivienda y Hábitat tiene como objetivo otorgar el derecho que tiene cada ser humano por el que el Estado está obligado a establecer las condiciones para que todas las personas tengan acceso a una vivienda de calidad y con las condiciones mínimas acordes con la dignidad humana, el Consejo Legislativo zuliano (Clezulia), específicamente la Comisión del Poder Popular para la Economía, Finanzas, Planificación y Desarrollo del estado Zulia, han trabajado incansablemente en reformas, agregando palabras claves y tomando en cuenta el principio de eficiencia y eficacia en el gobierno regional, asignando la Ley de Inzuvi a la Secretaría de Infraestructura, evitando la mezcla de sus competencias para un mejor desempeño en pro de todos los zulianos.

Cabe destacar, que el pasado jueves 21 de marzo, en sesión ordinaria y por unanimidad, el parlamento zuliano aprobó el informe de Ley del Instituto de Vivienda y Hábitat (Inzuvi), presentado por el legislador Justo Bermúdez, presidente de la Comisión para la Economía, Finanzas, Planificación y Desarrollo.

¿Qué es el Inzuvi y cómo funciona?

El Inzuvi es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de la Hacienda Estadal, qué pasará ahora a estar adscrito por su naturaleza y objeto a la Secretaría de Infraestructura, quien ejercerá el control de tutela.

Este instituto participa en la formulación y ejecución del plan estadal estratégico y anual de Vivienda y Hábitat del estado Zulia, según los lineamientos de la Secretaría de Infraestructura, dentro de las líneas estratégicas del Poder Ejecutivo Estadal.

¿Qué beneficios ofrece el Inzuvi?

Siendo el Inzuvi el ente rector en el desarrollo de programas habitacionales, adscrito a la Gobernación del Zulia, este otorga una serie de ventajas y bendiciones en las cuales resaltan las siguientes:

* Planificación, ejecución y control del desarrollo, planes y programas que permitan a los zulianos vivir en un hábitat humanizado dotado de servicios públicos.

* Construcción, mejoramiento y ampliación de viviendas, así como obras relacionadas con urbanismo, equipamiento y servicios públicos tales como zonas de recreación, vialidad, puentes, acueductos, cloacas, sin menoscabo de las competencias nacionales o municipales.

* Fomentar programas de cooperación e intercambio con los organismos nacionales o municipales de vivienda y hábitat, para facilitar la ejecución de proyectos.

* Rehabilitar urbanizaciones, elaborar programas de acción social, vinculados directamente con el objetivo del instituto, dirigidos a las comunidades que se instalen en las áreas urbanas y rurales en todo el territorio del estado Zulia.

Otros aspectos importantes sobre esta ley, es la adecuación del Inzuvi mediante la modificación de algunas estatutos, esta reforma estuvo centrada en actualizar su conformación y alcances para que tenga capacidad de hacer contrataciones y ejecución de obras de vivienda y urbanismo en general, donde también se incluye la consolidación de barrios.

También se tiene la potestad de garantizar que las políticas de hábitat y vivienda del instituto consideren las variables de sostenibilidad y aprovechamiento eficiente de las condiciones ambientales en todo el territorio zuliano. Además de Adquirir tierras para el desarrollo de proyectos habitacionales y para la legitimación de las mismas, en beneficio de sus poseedores de conformidad con las leyes de la República, así como construir o contratar la edificación de infraestructuras de servicios y urbanismos indispensables para el equipamiento integral de las comunidades.

 

 

 

 

Nota de prensa / DCN

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