Jueces tachirenses hacen ilusoria la revolución judicial (II). Por José Luis Centeno S.

En la cuenta “salacivil_tsjve” en Instagram, de la Sala de Casación Civil del TSJ, colgaron un post el 01/10/2021 con palabras del presidente del máximo tribunal:

“Insto a los jueces del país a ejercer los respectivos cargos con honradez, ética, responsabilidad, humildad, probidad, compromiso y amor a la Patria, para contribuir así en el robustecimiento del servicio eficaz y moderno del Poder Judicial, así como con el fortalecimiento del Estado democrático y social del Derecho y Justicia”.

Ese exhorto, insisto, publicado por la Sala de Casación Civil, apunta al norte del Poder Judicial, a principios rectores del Poder Judicial, que en el caso del juez y/o delincuente Félix Matos se irrespetaron, porque la jueza Anyelith Lisbeth Moreno Zambrano, al decretar el “Sobreseimiento de la causa” que se le seguía por la comisión del delito de “Hurto calificado con abuso de confianza”, dictó una decisión impropia.

Anyelith Lisbeth relegó lo previsto en el Artículo 24 del Código de Ética del Juez Venezolano y la Jueza Venezolana, pues, en el ejercicio de la función jurisdiccional, los jueces “evitarán realizar actos que los hagan desmerecer la estimación pública o que puedan comprometer el respeto y el decoro que exige el ejercicio de su función.”

Y si el Presidente del TSJ enfatiza esos principios y los coloca en contexto, en el caso bajo análisis no va acorde con la realidad, porque una cosa son las palabras y otra cosa son los hechos, y aquí hay que creerles a los hechos carentes de probidad en la persona de Anyelith Lisbeth. Veamos.

Hay evidencia de que el proceso nace con la formalización de una denuncia y la fiscal se hace parte por ser la garante, por considerar que existían indicios conducentes al ejercicio de la acción penal. La fiscal, Abg. Ingrid Tamara Jaimes Mora, hizo el trabajo de investigación, comisionó a los órganos auxiliares, estos bajo la legalidad hicieron su trabajo, y en base a eso la fiscal acusa y sigue con el proceso, va a la instancia judicial y le exhibe el acto conclusivo a la jueza. Cumplió con la legalidad.

¿Dónde está la pifia? En que la jueza, Anyelith Lisbeth, en vez de darle cumplimiento a la norma, la violentó para favorecer a su pana, Félix Matos. Conducta que se traduce en omisión impropia, o sea, incurrió en delito. Y así como el Fiscal General, Tarek William Saab, fue diligente en abrirle una averiguación a la jueza que absolvió al militar en el caso David Vallenilla, debe hacer lo mismo en este caso, porque ambas juezas incurrieron en un acto premeditado de simulación de justicia, por no hablar de errores inexcusables.

Discúlpenme lo reiterativo. Se cumplieron todos los parámetros, la fiscalía recibió la denuncia, comisionó, hizo su procedimiento investigativo, obtuvo la evidencia física o digital: el video, en correcta cadena de custodia por parte de la Sala de Resguardo y Custodia de Evidencias Físicas del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Táchira (Dirección de investigaciones penal).

En ese contexto, tuvo lugar la certificación de la autenticidad y pertinencia del video, que consta en el Informe Pericial Nº 9700-134-DLCT-3958-19 practicado en la División de Laboratorio de Criminalística Estadal Táchira del CICPC, suscrito por el funcionario Enzzo Medina, en el cual se lee:

“[…] la PERSONA 1 [Félix Matos] toma una prenda de vestir que se encuentra exhibida en el referido lugar, seguidamente dicha persona se retira del sitio en estudio, llevando consigo la referida prenda de vestir, dirigiéndose hacia un lugar de su conocimiento, hasta salir del enfoque de la cámara”.

Cuando se ve el video no hace falta explicación, como una persona que no es del lugar, hace lo que hace, y sale corriendo con la prenda de vestir que no es de él, que le fue encomendada a la tintorería para su lavado, por tanto, esa prenda de vestir estaba en custodia de la empresa, y eso lo sabe Félix Matos, tanto como que cometió un delito.

La pifia de la jueza consistió en desechar todo el procedimiento legal que se efectuó a partir de la denuncia. Oído al tambor amigo Tarek William Saab. Digo pifia, porque desde el punto de vista legal, Anyelith Lisbeth decidió con la intención de favorecer al juez, como en efecto lo hizo. Y eso está hecho con conciencia de quien supuestamente está administrando justicia y está para hacer lo que dice la Sala Civil en el post aludido.

Pero no, esa jurisdicente se pasó por el arco del triunfo los principios encumbrados por la Sala de Casación Civil. En su decisión de sobreseerle la causa a su amigo Félix Matos hay intención, no hay ignorancia, y eso evidencia compromiso y voluntariedad, al hablar de delito, tales aspectos determinan la comisión. ¿Sí o no?

Por tanto, Anyelith Lisbeth está incursa en delito, porque ella sabía lo que hacía. No se equivocó, una cosa es equivocarse y otra, muy diferente, es hacerlo con toda la intención, como lo hizo ella al desechar el video con un argumento baladí. Porque el video está certificado, por eso la fiscal acusa, por eso es que la fiscal procede, indaga, escucha a los testigos, porque hay testigos presenciales, y por eso es que apela. ¡Indignada!

Lo que no se puede permitir es que la conducta de esa jueza o de jueces de baja ralea como ella, confabulada con Félix Matos, empañen la majestad de muchos jueces que si son honestos, que si hacen su trabajo bien, como lo hizo ahí mismo en el Táchira quien condenó a los policías que le dispararon en la cara al joven Rufo Chacón. Los jueces honestos, no deben permitir y avalar esas vagabunderías, porque eso los enloda, de no hacerlo, todos estarán enlodando la majestad del Poder Judicial.

Por ejemplo, la jueza que absolvió al asesino de David Vallenilla tuvo una conducta impropia, los magistrados de la Corte de Apelaciones no la convalidaron y el Ministerio Público le abrió un procedimiento que muy bien le cabe a Anyelith Lisbeth, no hacer lo mismo con ella es reconocer el fracaso en el manejo del sistema de administración de justicia, es como decir: no funciona la disciplina dentro del Poder Judicial. Además, “esta manera de decidir afecta igualmente la seguridad jurídica y contribuye a consolidar la posición de Venezuela en el foso de los indicadores del Estado de derecho.”

José Luis Centeno S.

@jolcesal

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