Jueces tachirenses hacen ilusoria la revolución judicial (I). Por José Luis Centeno S.

Más allá de preguntarse: “¿es realista y viable la reforma del sistema judicial que anunció Maduro?” Ciertos hechos la vuelven un despropósito gubernamental, verbi gracia: la sumisa, sórdida e ignara actuación de jueces, innegable, por ejemplo, en la absolución a) del acusado de dar muerte a David Vallenilla y b) de un cleptómano, que para mayor pesar ostenta el cargo de juez en el estado Táchira.

 

En su artículo “Revolución o turbulencia judicial”, el abogado José Vicente Sandoval se refiere a esos “malhechores que se han `colado´ y `hacen´ vida activa dentro del sistema de justicia”, entre los que destacan jueces como Félix Antonio Matos y Anyelith Lisbeth Moreno Zambrano, el primero incurrió en el delito de hurto, a plena luz del día, ¡a la vista de testigos! y la segunda lo relevó de responsabilidad penal.

 

De cara a la reforma al Poder Judicial, llamada “revolución judicial”, hechos de esa naturaleza llevan al desalentador ambiente avizorado por Sandoval, para quien “el actual sistema [de justicia] está en decadencia, pidiendo a gritos un cambio de `timón´ y `timonel´”. Cambio que Sandoval estima probable para tramitar con rectitud causas como la derivada del Recurso de Apelación ejercido contra la decisión de Anyelith Lisbeth favorable a su amigo Matos.

 

En este punto, tratándose de materia penal, es del todo válida la inquietud del Dr. Enrigue Aristeguieta: “para que tantas reformas del proceso penal, si igual van a seguir violando el Código cada vez y en todo lo que les dé la gana”. Precisamente eso fue lo que hizo Anyelith Lisbeth, cual presagio de la “vuelta al instruccionismo policía-juez” que nos dejaría la última (Leonardo Pereira dixit) de las 7 reformas que en apenas 23 años le han hecho al COPP, como reseñó el profesor Ángel Zerpa.

 

Según el Doctor Ramón Escovar León, en la “revolución judicial profunda y acelerada” del Poder Judicial se perciben “más amenazas contra el ciudadano común”. Criterio que comprenderán íntegramente los ciudadanos afectados por el “Hurto calificado con abuso de confianza” cometido por el juez Félix Antonio Matos, quien, bajo esa tipificación, no pasaría de ser un vulgar delincuente.

 

La última expresión pudiese sonar desmedida, no obstante, es lo que sugiere la descripción de los hechos contenida en el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 06/09/2021 por la Abg. Ingrid Támara Jaimes Mora, Fiscal Provisorio de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira (Causa MP-104234-2019, Asunto Principal: SP23-S-2021-00059), contra la sentencia publicada el 30/08/2021, mediante la cual Anyelith Lisbeth Moreno Zambrano decretó el sobreseimiento de la causa a favor de Félix Antonio Matos:

 

“[…] el lugar corresponde a parte de un área que funge como lavandería y que registra la cámara para el día 01 de febrero de 2019 a las 03:13 p.m., apreciándose llegar una persona del género masculino […] posteriormente para la hora de la cámara 03:17:27PM, se observa que la  persona se apoderó de una prenda de vestir que se encontraba exhibida en el referido lugar y seguidamente dicha persona se retiró del sitio en estudio, llevando consigo la referida prenda de vestir, dirigiéndose hacia un lugar de su conocimiento, hasta salir del enfoque de la cámara, quedando plenamente demostrado del resultado de las diligencias la consecuente responsabilidad penal del acusado en el delito que se le atribuye en los hechos, lo cual lo vincula en los delitos objeto de la presente acusación.”

 

Anyelith Lisbeth inadmitió la acusación presentada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público bajo este argumento: “No hay pruebas que demuestren la culpabilidad del acusado”. El mismo argumento que esgrimió la juez Kenia Carrillo Galvao para negarle el derecho a obtener justicia al padre de David Vallenilla. En ambos casos, las féminas en su condición de jueces rechazaron expedientes llenos de testimonios y pruebas, incluso científicas, que describen cómo, cuándo, dónde y quién incurrió en delito, es decir, elementos demostrativos de la comisión de delitos.

 

Decisiones de tal naturaleza constituyen episodios lamentables para la historia de la justicia venezolana, ha dicho la ONG Justicia, Encuentro y Perdón, no en balde el Embajador de Estados Unidos ante Venezuela, James Story, considera que “Venezuela necesita una reforma judicial drástica”. Buenos temas de reflexión para los Magistrados de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira a quienes les corresponderá avocarse al conocimiento del Recurso de Apelación interpuesto en este caso por la Fiscal Quinta, Abg. Ingrid Támara Jaimes Mora.

 

José Luis Centeno S.

@jolcesal

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