AN aprueba continuidad del poder legislativo y funciones de Guaidó

La Asamblea Nacional presidida por Juan Guaidó, aprobó este sábado 26 de diciembre en sesión extraordinaria la modificación del «Estatuto de la Transición» que norma el funcionamiento del parlamento durante la Continuidad Constitucional.

El diputado Piero Maroun dio lectura de la consideración del informe de segunda discusión de la Ley de Reforma parcial de la Ley del Estatuto que rige la Transición a la democracia para restablecer la vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

«La Constitución establece claramente que, al no celebrarse elecciones libres en Venezuela, la Asamblea Nacional debe seguir su mandato», destacó el diputado Maroum en su intervención.

Por su parte el parlamentario Sergio Vergara indicó, que «el pueblo de Venezuela ha hablado, la Asamblea Nacional legitima está cumpliendo su mandato, ahora la comunidad internacional tiene la palabra».

«Debemos seguir avanzando en el cumplimiento del mandato dado por Venezuela que nos exige adelantar gestiones necesarias para activar, ante la comunidad internacional, la cooperación, acompañamiento y asistencia para rescatar nuestra democracia», manifestó.

Aspectos más relevantes sobre la reforma del Estatuto de Transición y la Reestructuración del Gobierno Interino:

1. ELECCIONES LIBRES Y CAMBIO DEMOCRÁTICO: Se establece claramente que el objetivo es promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.

2. CONTINUIDAD DE AN A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DELEGADA: La continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual funcionará a través de la Comisión Delegada.

3. LÍMITE TEMPORAL DE LA COMISIÓN DELEGADA: La continuidad de la AN será por un periodo parlamentario adicional hasta 5 enero de 2022 o hasta que haya elecciones presidenciales libres, lo que ocurra primero.

4. ELIMINACIÓN DEL CENTRO DE GOBIERNO: El Centro de Gobierno es sustituido por Consejo Político como órgano colectivo de coordinación seguimiento y evaluación de la acción de la Presidencia encargada de la República Bolivariana de Venezuela.

La actuación del Consejo Político se orientará a la procura de elecciones libres, justas y verificables, al pleno restablecimiento del orden constitucional, de la separación de poderes y al rescate del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia en el país.

5. MÁS FOCO A LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE INTERINO EN LOGRAR EL CAMBIO DEMOCRÁTICO: • Promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.

• Defender DDHH,procurar el rescate del sistema de garantías y libertades constitucionales,propiciar la reversión de la crisis humanitaria. • Procurar las condiciones institucionales para la defensa de los derechos e intereses de los entes del Estado venezolano en el extranjero.

6. RESTRUCTURACIÓN DEL GOBIERNO INTERINO PARA HACERLO MÁS EFICIENTE: Se fijarán los lineamientos de la reestructuración organizativa de la Presidencia encargada de la República y se derogará Decreto N° 13 sobre la Creación del Centro de Gobierno de la Presidencia de la República.

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