AN convoca Consulta Popular acordada en el Pacto Unitario y conozca cuales son las preguntas

La Asamblea Nacional convocó este jueves 1 de octubre la Consulta Popular acordada en el Pacto Unitario promovido por el presidente encargado Juan Guaidó.

En ese sentido, detallan que este mecanismo de presión impulsado por el Gobierno Legitimo y con fundamento en la Constitución de la República, tiene como principal objetivo que los venezolanos autoricen el uso de todos los mecanismos nacionales e internacionales necesarios para la libertad y salvaguarda del pueblo ante los crímenes de lesa humanidad ejecutados por el régimen.

Asimismo, condenar enérgicamente el fraude electoral que promueve el criminal de Nicolás Maduro para el venidero 6 de diciembre; y solicitar el desconocimiento internacional al mismo.

Se convoca a la expresión de la voluntad del pueblo en todas las formas: organización, protesta y consulta popular, precisaron.

El parlamento venezolano acordó en detalle los siguientes puntos: 

  • Primer punto: Desplegar todas las iniciativas y esfuerzos, nacionales e internacionales, que conduzcan a la realización de elecciones libres, transparentes, democráticas, justas, verificables,  de conformidad con los principios constitucionales y las leyes que rigen la materia.
  • Segundo punto: Convocar, con fundamento en los artículos 1, 3, 5, 6, 70 y 333 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, una consulta popular que permita obtener una manifestación inequívoca de la sobenaría del pueblo sobre las siguientes preguntas:

PRIMER PREGUNTA: 

¿Apoya usted todos los mecanismos de presión nacional e internacional para que, en el marco de la Constitución, se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, se ponga fin al régimen usurpador de Nicolás Maduro Moros, se salvaguarde al pueblo de Venezuela de la crisis humanitaria, la migración forzosa y los crímenes de lesa humanidad, y así se garanticen la paz, el bienestar y el progreso de los venezolanos?

SEGUNDA PREGUNTA: 

¿Rechaza usted el evento convocado por la dictadura de Nicolás Maduro Moros para el 6D, o para cualquier otra fecha, mientras no existan condiciones para elecciones libres, justas y verificables, y solicita a la comunidad internacional el desconocimiento de sus resultados?

  • Tercer punto: Exhortar a la Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Unión Europea y a toda  la comunidad internacional, a continuar respaldando a esta legítima Asamblea Nacional, y a su Presidente Juan Guaidó, como expresión de la voluntad popular manifestada en las elecciones del 6 de diciembre de 2015, y acompañarlos en el proceso de celebración de la consulta popular.
  • Cuarto punto: Crear el Comité Organizador de la consulta popular, que se dictará su reglamento, y tendrá las siguientes funciones:
  1. Organizar, administrar, supervisar y vigilar los actos relativos la consulta popular.
  2. Realizar campañas institucionales, de información y de divulgación, para la cabal comprensión de la consulta popular.
  3. Totalizar, adjudicar, proclamar, con base en las actas de escrutinio, la consulta popular.
  4. Participar a las autoridades que corresponda y publicar los resultados de la consulta popular.
  5. Acreditar a las observadoras y los observadores nacionales o internacionales de la consulta popular.
  6. Dictar las normas y los procedimientos conducentes a la organización, dirección y funcionamiento de la consulta popular, así como controlar, planificar y normar sus actividades, en las circuntancias excepcionales que vive el país.
  7. Garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales.
  8. Garantizar y promover la participación de las ciudadanas y los ciudadanos en la consulta popular.
  9. Designar el Comité Técnico de la consulta popular.
  • Quinto punto: Designar al Comité Organizador de la consulta popular, conformado por siete (7) integrantes, que sesionará y decidirá válidamente con la mayoria absoluta de los mismos.
  • sexto punto: Dar reconocimiento, validez y publicidad a las nomas que el Comité Organizador apruebe para celebrar la consulta popular. Tales normas deben cumplir los siguientes principios básicos atendiendo la especial circunstancia que vive el país:
    1. La consulta debe proteger la seguridad de los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a la participación.
    2. La consulta podrá celebrarse en uno o varios días sucesivos de acuerdo a las circunstancias de servicios, razones técnicas y seguridad que así lo ameriten.
    3. La consulta debe permitir la participación de todos los venezolanos aptos para votar en cualquier parte del mundo.
    4. La consulta podrá utilizar como plataforma para el ejercicio del derecho a la participación todos los medios disponibles, permitiendo la participación mediante plataformas mixtas: electrónica, correo convencional, presencial, itinerante y cualquier otro mecanismo que la tecnología permita.
    5. Todos estos mecanismos deben cumplir los extremos para que el voto sea personal, único, exclusivo, confiable, secreto, universal y directo.
  • Séptimo: Exhortar a la comunidad internacional a reconocer y respaldar los resultados de la consulta popular.
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