Venta de gasolina por privados se salta dos leyes orgánicas

Este 1° de junio es un día histórico en Venezuela porque comienza a venderse la gasolina, al menos en 200 estaciones de servicio, de la mano de empresas privadas y con un precio que gira en torno al mercado internacional. Estos cambios, sin embargo, llegaron sin las modificaciones necesarias a dos leyes orgánicas, que le confieren al Estado el monopolio exclusivo en la venta de combustibles.

“Una de las grandes sorpresas de los anuncios (de la gasolina) es que no pareciera estar en línea con las leyes de hidrocarburos ni de la comercialización interna. Estas medidas, de alguna forma, privatizan la comercialización y lo que se espera es que hagan estas modificaciones legales pronto”, aseguró Hermes Pérez, economista especializado en el mercado petrolero, en entrevista con Efecto Cocuyo.

La Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado Interno de Combustibles Líquidos y la Ley Orgánica de Hidrocarburos son las dos leyes orgánicas que no están ajustadas a lo que el equipo de Nicolás Maduro bautizó como “el nuevo esquema de la gasolina” en el país.

El Estado venezolano, por ejemplo, tiene la reserva absoluta sobre la venta de los combustibles líquidos en todo el país por “razones de conveniencia nacional, carácter estratégico, servicio público y de primera necesidad”, como reza el artículo 1 de la Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado Interno de Combustibles Líquidos. Esta legislación fue promovida por Rafael Ramírez cuando estaba en su doble rol de presidente de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) y ministro de Petróleo en el año 2008.

Para que estas nuevas empresas privadas puedan sumarle un nombre y un logo nuevo a estas estaciones de servicio también hace falta una modificación a esta legislación del mercado interno. Pdvsa y sus filiales son las únicas autorizadas a “efectuar el abanderamiento de todos los establecimientos dedicados al expendio de combustibles líquidos y de las unidades de transporte”, como se establece en el artículo 4.

Mientras que la Ley Orgánica de Hidrocarburos en su artículo 61 establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la venta de los derivados de los hidrocarburos “deberán obtener previamente permiso del Ministerio de Petróleo” y hasta no se conocen detalles sobre cómo se les asignaron a estas empresas privadas este grupo de 200 estaciones de servicios en todo el país.

“No hay ninguna propuesta que conozca el público sobre cómo se organiza la participación de estas empresas privadas en la venta y, en especial, en la importación de gasolina. Ahora no sabemos cómo lo va a permitir legalmente el gobierno de (Nicolás) Maduro, pero lo haría porque estas operaciones se necesitan ahora con una Pdvsa sobreendeudada y por las sanciones”, explicó el abogado Rafael Álvarez-Loscher, director de la firma Iuriscorp, para Efecto Cocuyo.

Un borrador de ley

De lo poco se sabe de los cambios legales es que Ramón Castro Pimentel, quien fuera vicepresidente de Deltaven, una filial de Pdvsa dedicada al negocio de los combustibles y las estaciones de servicio, coordina un equipo que adelanta un proyecto legal para registrar y regular a estas empresas privadas encargadas de la venta de combustibles en el país. Este anteproyecto estaría bajo evaluación del presidente de Pdvsa, Asdrúbal Chávez, junto a los cambios de las dos leyes orgánicas.

“El esquema de precios y márgenes controlados ha hecho poco atractivo, para el propio Estado, el negocio de expendio de combustibles automotores y la comercialización, lo que ha causado una significativa reducción del número de estaciones de servicios requeridas para el desenvolvimiento actual del país y el deterioro progresivo de las que aún están en operación” reza parte de la exposición de motivos del proyecto legal, que fuera publicado por la revista digital Petroguía en abril pasado.

Una legislación nueva fue lo que implementó el presidente Rafael Caldera cuando decidió abrir una ventana para que empresas como Texaco, Shell, British Petroleum, Mobil, Llanopetrol y Trebol entraran a Venezuela, para encargarse de las estaciones de servicio en el año 1998.

Los 10 artículos de la Ley Orgánica de Apertura del Mercado Interno de la Gasolina y Otros Combustibles Derivados de los Hidrocarburos para Uso de Vehículos Automotores contemplaban que el Estado venezolano se quedaba el poder de la fijación de los precios y la fiscalización de las estaciones de servicio.

Mientras que a las empresas privadas interesadas en el negocio se les daba el derecho a encargarse del transporte, el almacenamiento, la distribución, el expendio y la importación de los combustibles.

La venta de la gasolina operada por empresas privadas llegó primero que un nuevo marco legal, que tendrá que contemplar también cómo se hará la fijación del precio de cada litro de esta gasolina suministrada sin cupos o subsidios y cuáles serán los impuestos que tendrán que pagar estas compañías en contraprestación por obtener el permiso de operación en estas estaciones de servicio.

Efecto Cocuyo

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