Súmate: La constitución establece que allanamiento de inmunidad es competencia de la Asamblea Nacional

Súmate alerta que en los últimos años el Poder Ejecutivo Nacional ha utilizado, de acuerdo con sus intereses políticos, al Poder Judicial y la inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente (ANC) para desconocer las funciones de los ciudadanos investidos por el voto popular para ejercer su representación en cargos públicos como Diputados de la Asamblea Nacional, Gobernadores y Legisladores de Estado, Alcaldes y Concejales de Municipios, vaciando de contenido el sagrado ejercicio del derecho al sufragio, al no permitir el ejercicio del poder político obtenido por los representantes electos a través del mandato que les otorga el voto de millones de ciudadanos, generando así una crisis institucional y política, que atenta contra los principios constitucionales de separación de poderes y sin precedentes en la historia de la democracia en Venezuela.

 

La ONG lamenta que nuevamente el Ejecutivo Nacional utilice a la inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente, integrada únicamente por militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), para que vulnere el estado de derecho y proceda al allanamiento de la inmunidad parlamentaria de los diputados Juan Requesens y Julio Borges, competencia exclusiva de la Asamblea Nacional según el artículo 200 de la Constitución de la República.

 

Al mismo tiempo, Súmate señala que con la detención arbitraria realizada contra el diputado a la Asamblea Nacional Juan Requesens el miércoles 7 de este mes, los organismos de seguridad del Estado violaron su inmunidad parlamentaria y el debido proceso, sin permitirle el ejercicio de sus derechos constitucionales y sin que sus familiares y abogados conozcan su lugar de reclusión y condiciones de salud, lo cual viola lo establecido en los artículos 44, 46, 49 y 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Súmate destaca que esto es una conducta sistemática del Poder Ejecutivo Nacional, que ha utilizado al Poder Judicial y la inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente para desconocer el mandato popular de millones de ciudadanos que con su voto, invistieron de legitimidad a decenas de representantes en cargos públicos que han sido vulnerados en el ejercicio de sus funciones. Por citar sólo algunos de los ejemplos más recientes:

 

  • A dos años y medio de la instalación de la Asamblea Nacional, los 5 magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) siguen ignorando a los ciudadanos del Estado Amazonas, con la suspensión de la proclamación de sus diputados realizada por el Consejo Nacional Electoral (CNE), eliminando la representación de un Diputado Nominal, dos por representación de la lista y uno en representación indígena; afectando la conformación constitucional del parlamento, tal como lo dispone el artículo 186 de la Constitución, en cuanto a que la misma se debe integrar con Diputados elegidos en cada entidad federal, y habiendo traído esto, entre otras consecuencias, el desconocimiento por parte del TSJ de las funciones de la Asamblea Nacional y la declaración inconstitucional de desacato al Poder Legislativo.

 

  • Destituciones producto de decisiones judiciales realizadas en 2017 por la Sala Constitucional del TSJ de los Alcaldes Ramón Muchacho del Municipio Chacao, y David Smolansky, del Municipio El Hatillo, ambos del estado Miranda; Alfredo Ramos, del Municipio Iribarren en el estado Lara; Gustavo Marcano, del Municipio Diego Bautista Urbaneja, del estado Anzoátegui; y Carlos García Odón, del Municipio Libertador del estado Mérida. Así como también la violación de la Inmunidad Parlamentaria del Diputado Suplente Gilber Caro al mantenerlo detenido durante 1 año y 5 meses (entre enero 2017 y Junio 2018), violando la Constitución, al alegar que la inmunidad no aplica a los diputados suplentes.

 

  • La inconstitucional Asamblea Nacional Constituyente destituyó al Gobernador Electo del Estado Zulia, Juan Pablo Guanipa, por negarse a juramentarse ante esa instancia; y usurpó las funciones de la actual Asamblea Nacional al haber decretado el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de los diputados Germán Ferrer y Freddy Guevara, éste último incluso mientras ostentaba el cargo de Vicepresidente del Poder Legislativo Nacional.

 

Súmate alerta adicionalmente, que las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente carecen de legalidad. La ONG recuerda que la convocatoria y elección para esta instancia fue realizada al margen de lo establecido en la propia Constitución de la República y las leyes electorales, lo cual la deslegitima de origen; y que hasta la fecha nadie conoce los resultados de la elección de sus 537 integrantes por mesa y centro de votación, como lo exigen los artículos 138 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 352 del Reglamento General de la LOPRE. Aunque el Consejo Nacional Electoral afirmó el 31 de julio de 2017 que “Un total de 8.089.320 de votantes participaron este domingo en la elección de 537 miembros de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), de acuerdo con el primer boletín del Consejo Nacional Electoral”, esta cifra nunca pudo ni podrá ser auditada, ya que este proceso fue el más oscuro de toda la historia electoral venezolana, al ser incluso cuestionado por Smartmatic, la empresa a cargo del sistema de votación en Venezuela, en la persona de su director ejecutivo, Antonio Mugica, quien afirmó en rueda de prensa desde Londres, Inglaterra, y publicada por el portal de noticias www.bbc.com el 2 de agosto de ese año que «la diferencia entre la cantidad anunciada y la que arroja el sistema es de al menos un millón de electores».

 

Nuevamente la ONG recuerda a los funcionarios del Estado que por el cargo que ostentan, sea de elección popular o por designación constitucional por la Asamblea Nacional, están sujetos a la Constitución y a las normas aprobadas conforme a los procedimientos que ella establezca, con el fin de  garantizar el funcionamiento responsable y controlado de los órganos del poder del Estado, tal como lo establece el  artículo 7 del texto constitucional: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.”

 

Finalmente, Súmate hace un llamado a las autoridades del Estado a someterse al imperio de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las Leyes, tal como lo exigen los artículos 7, 19, 25, 131 y 137 del texto constitucional; y contribuir a que la salida de la crisis política, económica y social sea por la vía constitucional, democrática, pacífica y electoral.

…Construimos Democracia

DC / NP

Entérate al instante de más noticias con tu celular siguiéndonos en Twitter y Telegram
Suscribir vía Telegram

Lea también

Le puede interesar además

Loading...

Tu opinión vale...