Diputados solicitan al Ministerio Público iniciar procedimiento contra militares que no comparecieron ante el Parlamento

El diputado Edgar Zambrano (Unidad-Lara), presidente de la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional, informó que este viernes envió una comunicación al Fiscal General de la República, Tarek William Saab Halabi, a efectos de solicitarle formalmente inicie un procedimiento sancionatorio contra aquellos militares que no han atendido las convocatorias emanadas de la Asamblea Nacional.

En este sentido el parlamentario explicó que la mencionada petición se hace en el caso específico de las convocatorias que fueron enviadas a tres altos oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en el marco de la investigación que se abrió en torno al sonado caso de la Masacre del Junquito, hecho ocurrido el pasado 15 de enero en el cual murió el exinspector del CICPC, Óscar Alberto Pérez, sus 6 acompañantes y dos supuestos funcionarios de la PNB.

Zambrano agregó que dicha solicitud se realiza de acuerdo a las facultades constitucionales y a los artículos 21, 22 y 25 del Título III de la Ley Sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios y Funcionarias Públicos y los o las Particulares ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, los cuales establecen lo siguiente: Artículo 21: «Todo funcionario o funcionaria público o particular, que siendo citado para comparecer ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, no asista o se excuse sin motivo justificado, será sancionado por contumacia, con multa comprendida entre cien Unidades Tributarias (100 U.T.) y doscientas Unidades Tributarias (200 U.T.), o arresto proporcional, por multa no satisfecha, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria. La sentencia se publicará, a costa del sentenciado, en un diario de los de mayor circulación nacional».

Artículo 22: «A los funcionarios o funcionarias públicos de carrera que incurran en la falta prevista en el Artículo anterior, además de la sanción establecida en ese Artículo, se les impondrá como pena accesoria la suspensión del empleo o cargo por un tiempo de dos (2) a tres (3) meses, sin goce de sueldo».

Artículo 25: El enjuiciamiento por contumacia ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, a que se refieren los Artículos precedentes, sólo tendrá lugar mediante requerimiento de éstas al representante del Ministerio Público para que promueva lo conducente.

Como se recordará la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional, apelando a las competencias Constitucionales que le son atribuidas en los artículos 187, numeral 3; 222 y 223, acordó aperturar una investigación a los fines de conocer oficialmente los hechos ocurridos en el Kilómetro 16 del Junquito y precisar las responsabilidades de los militares involucrados, dado que se podría estar en presencia de delitos que generan responsabilidad penal nacional e internacional (crímenes de lesa humanidad, artículo 7, numeral 1, literales a, f, h y k, del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional), violación de derechos humanos y derechos fundamentales previstos tanto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como en instrumentos internacionales de aplicación preferente para nuestro país, de Delitos contra el Derecho Internacional (Artículo 474, numeral 2 del Código Orgánico de Justicia Militar) e incumplimiento de principios y deberes que rigen la conducta militar (artículo 7 y 153 de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana).

Recordó Zambrano que a tal efecto en tres oportunidades (24/31 enero 2018 y 07 febrero 2018), se invitaron a comparecer ante la mencionada instancia parlamentaria a los oficiales GJ Vladimir Padrino López, AJ Remigio Ceballos Ichaso y al MG Richard López Vargas, Ministro del Poder Popular para la Defensa, Comandante Estratégico Operacional de la FANB y Comandante general de la Guardia Nacional Bolivariana, respectivamente, y ninguno de ellos acudió al llamado y tampoco se excusó por su inasistencia.

“Ante esta realidad apelamos a lo contemplado en la ley y hacemos formal solicitud del referido procedimiento”, dijo Zambrano no sin antes reiterar que resulta inadmisible que estos tres altos oficiales se nieguen a ofrecer información en torno a un hecho que impactó a la opinión pública nacional e internacional dado que en el mismo perdieron violentamente la vida 9 personas.

“Se trata de un hecho público, notorio y comunicacional porque uno de los involucrados logró transmitir en vivo y directo, a través de las redes sociales, todo lo que iba ocurriendo, por esta razón la Comisión Permanente de Defensa y Seguridad de la Asamblea Nacional no renunciará a la posibilidad de conocer la participación que tuvieron funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y los detalles de la llamada Operación Gedeón. Solo así se podrá determinar las responsabilidades de cada quién”, indicó el diputado Edgar Zambrano luego de indicar que uno de los temas a investigar es la activa participación que tuvo el Mayor de la Guardia Nacional Bolivariana, Rafael Enrique Bastardo Mendoza, quien actuó como mediador ante los supuestos rebeldes.

Cabe destacar que a la carta enviada al ciudadano Fiscal General de la República, Tarek William Saab se le adjunto copia de los oficios de comparecencia remitidos a los ciudadanos Ministro del Poder Popular para la Defensa, GJ. Vladimir Padrino López, al Comandante Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional, AJ. Remigio Ceballos Ichaso y al Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana, MG. Richard López Vargas, en consecuencia, se espera una pronta respuesta por parte del máximo representante del Ministerio Público.

DC | NTN24

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