Los recursos contra el diputado Diosdado Cabello serían por la presunta comisión de los delitos de violencia privada y extorsión.
Según explicó un parlamentario de los afectados por la conducta de Cabello, cuando se les priva en forma global del derecho de palabra se les está obligando a tolerar un acto al que la ley no lo obliga e impidiendo ejecutar uno que no les está prohibido legalmente, conducta prevista en el Código Penal y sancionada hasta con cinco años de prisión cuando existe la agravante del abuso de autoridad.
Luego, al privarlos del cobro de salario si no reconocen al presidente Maduro, los constriñen a sufrir un daño económico, previsto y sancionado en el mismo código con pena de prisión de hasta ocho años. Siendo delitos in fraganti procedería la detención domiciliaria, hasta el pronunciamiento sobre la inmunidad.
DC/ÚN