En Gaceta reforma parcial de la Ley de Alimentación

Según el texto, se entenderá por empresa de servicio especializada en la administración y gestión de beneficios sociales a  aquellas cuyo objeto principal esté dirigido a lograr que los empleadores y empleadoras den cumplimiento a la Ley de Alimentación.

Estas empresas podrán pertenecer a personas naturales o jurídicas, incluyendo a asociaciones cooperativas.

En la Gaceta 40.112 se ordena que tales empresas no se dediquen a la intermediación financiera, crediticia o especulativa.

Las utilidades y beneficios obtenidos por las instituciones del sector bancario público por este servicio, se destinarán al fortalecimiento y sustentabilidad de los programas y misiones en el marco de la seguridad social.

 

DC/Globovisión

Entérate al instante de más noticias con tu celular siguiéndonos en Twitter y Telegram
Suscribir vía Telegram

Lea también

Le puede interesar además

Loading...