Lo que no sabes del Art. 350 y su aplicación

La voz de la dirigencia opositora es una sola. En una decisión unánime e histórica, la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) anunció este martes la invocación del artículo 350 de la Constitución, apartado que garantiza el derecho a la desobediencia civil, ante las medidas ilegítimas adoptadas por el gobierno nacional.

José Ignacio Hernández, abogado constitucionalista, explicó que el 350 faculta a los venezolanos a desobedecer las leyes, decisiones, órdenes y mandatos que sean contrarios a la Constitución. Sin embargo, aclaró que solo puede ejecutarse si los mecanismos ordinarios para enfrentar los abusos del gobierno están bloqueados.

“Lo que hizo la MUD fue ratificar la protesta ciudadana como un derecho que está dentro de ese principio de desobediencia civil”, destacó el jurista.

El antejuicio de mérito que admitió el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en contra de la fiscal general Luisa Ortega Díaz, sin tomar en cuenta a la Asamblea Nacional; la ejecución de una Asamblea Nacional Constituyente sin consultar a la población en un referéndum consultivo y el desacato de tribunales penales a las órdenes de detención solicitadas por el Ministerio Público, son algunos de los ejemplos que recientemente demostrarían lo que la misma fiscal califica como la “descomposición del Poder Judicial”.

La coordinadora nacional del movimiento político Vente Venezuela, María Corina Machado, indicó a El Nacional Web que han sido cerradas “todas las puertas institucionales”. Dijo que un ejemplo es la fiscal: “Cuando ella comienza a cumplir con su trabajo y se pone del lado de la sociedad, se le amenaza. Quedó claro que la ruta institucional en una democracia fue bloqueada. Lo que queda es la fuerza de una ciudadanía organizada: protesta, movilización, huelgas y paros”.

Freddy Guevara, primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, explicó en una rueda de prensa este miércoles que la oposición procederá a partir de este 22 de junio con una agenda de protestas que espera lograr el desconocimiento masivo y la cancelación de otro proceso inconstitucional: la Constituyente.

“Ya declaramos el artículo 350, ahora viene la ejecución (…) El 350 va desde el desconocimiento institucional del régimen, hasta que la ciudadanía, en todas sus expresiones, se niegue a acatar órdenes”, agregó.

El problema

Canalizar la desobediencia civil a través de las protestas organizadas es el objetivo opositor. Sin embargo, a pesar de ser un derecho, buena parte de los tipos de desobediencia están penados por la ley. Hernández aclaró que si la autoridad no considera que se ejerce el 350 al protestar o a impedir la ejecución de la Constituyente, por ejemplo, puede penar esas acciones al alegar que son ilegales.

“Otro ejemplo es la desobediencia tributaria, un acto penalizado por el Código Orgánico Tributario. Si alguien al invocar este artículo ejecuta este tipo de desobediencia, estará incurso en ese delito. Ese es el problema práctico de la desobediencia civil. Cuando esta se ejerce frente a un gobierno que no la reconoce, el Ejecutivo considera que estos ciudadanos no están ejerciendo un derecho sino que actúan fuera de la ley”, agregó.

Constituir nuevos poderes

José Vicente Haro, abogado constitucionalista, aseguró a El Nacional Web que usar la protesta cívica como la expresión de la desobediencia civil no es suficiente. Precisó que es necesario que la Asamblea Nacional actúe con celeridad y nombre a cinco nuevos rectores para el CNE y los 32 magistrados del TSJ, ambas acciones en desconocimiento a la elección írrita de ambos poderes en los últimos cuatro años.

“La forma en la que los diputados pueden desconocerlo es proceder con la designación de los cinco rectores del Consejo Nacional Electoral, debido a que ninguno ha sido elegido legalmente. Además, también deben designar a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia”, acotó.

La designación más reciente de rectores del CNE ocurrió el año pasado, cuando la Sala Constitucional del Tribunal Supremo ratificó en el cargo a Socorro Hernández y Tania D’Amelio, al alegar que el Parlamento estaba en desacato. El Poder Judicial, por su parte, fue electo en diciembre de 2015 por los diputados del Gran Polo Patriótico. La misma fiscal Ortega Díaz denunció que hubo irregularidades en la selección de los juristas, al considerar que no cumplen con los méritos necesarios para el cargo.

Machado explica que este martes la Asamblea Nacional realizó un compromiso con la MUD y los venezolanos a desconocer a los poderes Ejecutivo, Judicial y Electoral y elegir a sus autoridades de forma legal.

“Hay gente que dice que crearíamos un Estado paralelo, pero no es así. Sería un Estado verdadero que cumple con la Constitución. En la actualidad, el Parlamento es un poder público con legitimidad y en las calles le hemos pedido que actúen”, sentenció la dirigente opositora.

Artículo 350: El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.

Antecedente

Hermann Escarrá, abogado constitucionalista y actual miembros de la comisión presidencial para la Asamblea Nacional Constituyente, rechazó en 2007 las acciones de Parlamento de mayoría oficialista para reformar 69 artículos de la Constitución, a pesar de que los ciudadanos rechazaron en el referéndum consultivo del 2 de diciembre que se realizaran tales cambios.

“Debemos impedir la consolidación del fraude y la consecuencia de la usurpación, avanzar desconociendo estos hechos con la movilización ciudadana, la denuncia en las calles y el esfuerzo cívico del pueblo para defender la libertad y la democracia. Es el momento de defender el sagrado derecho de desconocer cívica y constitucionalmente a cualquier autoridad que menoscabe los derechos humanos y las garantías democráticas como lo expresa el artículo 350”, señaló Escarrá.

DC/El Nacional

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