Todos sin Justicia, Por Jesús Rangel Rachadell (@rangelrachadell)

Los chavistas dicen que aquí hay comida, que hay medicinas, que nadie hurga en la basura; que no hay golpe en Venezuela. Puras mentiras.

Los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, se aburrieron de dictar sentencias en las que enmendaban la plana a la Asamblea Nacional, por cada acto de ese poder una sentencia del TSJ lo anulaba.Decidieronque ya era suficiente, que no era necesario seguir con el trabajo, que una sola sentencia que declarara que el desacato de la Asamblea es perpetuo y que nunca se podrán redimir, con eso es suficiente. Tuvieronla mala suerte de verse descubiertos por la comunidad internacional, que vio lo que muchos venezolanos sabemos desde hace rato, que este gobierno es una dictadura en la que no se respeta la Constitución y las leyes.

Maduro le dijo al TSJ: me quitas una coma aquí y un punto y seguido allá, y estamos listos.Como buenos actores procedieron a hacer un acto de birlibirloque, le echaron corrector liquido tipex a las sentencias, y santo remedio. Si lo que molestó a la comunidad internacional fue que prescindieran de la inmunidad parlamentaria de los diputados (la cual es su derecho desde el momento de su proclamación por el CNE), la solución es–demadrugada- maquillar a ese muerto que llaman sentencia.

El TSJ asevera que la inmunidad parlamentaria sólo amparalos actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, pero en la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional esto no resulta compatible (sent. 156). En otras palabras, mientras exista el supuesto desacato no habrá inmunidad, cuando la declaratoria de desacato es lo que es inconstitucional; por eso es que la aclaratoria de esta sentencia no aclara nada ni cambia nada; mientras se mantenga la tesis del desacato será inconstitucional todo lo que haga la Asamblea Nacional.

La Sala Constitucional tiene otro criterio todavía más peligroso, y es el de la omisión legislativa (denominada ahora Omisión Inconstitucional parlamentaria), figura que el TSJ ha tergiversado, y que en el pasado ha servido para cometer otras tropelías. LaAsamblea Nacional,en el año 2003 (también en 2014), debió designar a los Rectores del Consejo Nacional Electoral, lo cual no se pudo hacer por el saboteo de la bancada del chavismo; por lo que el TSJ –bajo el subterfugio de la omisión legislativa- procedió a designar los Rectores que quiso y, además, afines al gobierno. Esta Sala dice que está facultada por el artículo 336 de la Constitución, que establece sus competencias, entre las que está: Declarar la inconstitucionalidad de las omisiones del poder legislativo … nacional cuando haya dejado de dictar las normas o medidas indispensables para garantizar el cumplimiento de esta Constitución, o las haya dictado en forma incompleta, y establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección. En ninguna parte dice sustituir al órgano legislativo, solamente puede establecer un plazo y/o los lineamientos para la corrección.

Ya Brewer Carias expresó en su oportunidad que en los casos de omisión legislativa la Sala Constitucional no podría sustituirse en el Legislador y dictar la ley respectiva, obviando los pasos constitucionales fundamentales que permiten la sanción de una ley. Pero esto es lo que ha hecho el TSJ, ha sustituido a la Asamblea Nacional, y eso es lo inconstitucional.

Lasupuesta aclaratoria borró la irregular ley habilitante quele había otorgado a Maduro, para reformar la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, la Ley Contra la Corrupción, el Código Penal, el Código Orgánico Procesal Penal y el Código de Justicia Militar –pues pudieran (¿los Diputados?) estar cometiéndose delitos de naturaleza militar-. Se dejó en la sentencia la nulidad por inconstitucionalidaddel Acuerdo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA. Hasta nuevo aviso, o el famoso “por ahora”.

Desconozco la razón para eliminar la orden a Maduro de darse cuenta de que estamos a punto de un «Estado de Conmoción», que es una forma de Estado de Excepción. Parece que la Sala considera una exageración autorizar a Maduro para ejercer sus atribuciones y garantizar la gobernabilidad del país, si lo excluyó es que la especulación de un posible Estado de Conmoción no era en serio.

Como no se pueden meter con la limosna del santo, dejaron la constitución de empresas mixtas sin autorización de la Asamblea Nacional, que es una exigencia de la Constitución. Por esto es que la Sala actúa de manera inconstitucional, porque le quita competencias a la Asamblea.ElTSJ impone el menú a la carta.

Un dictador que recula es para tomar impulso. Tengan cuidado, Maduro y el TSJ actúan coordinadamente para arrodillar al país y someterlo.

Maduro, golpista, perdiste la virginidad con esas sentencias del TSJ, ya no serás miss señorita democrática. Te arrejuntaste con la maldad y pariste odio. Libera a los presos, convoca a elecciones, destituye a los Magistrados, revoca las sentencias en contra de la AN. Vete ya.

 

DC / Jesús Rangel Rachadell / Abogado – Profesor / @rangelrachadell

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