TSJ declara “nulo e ineficaz” juicio político de la AN contra Maduro #15Dic

El Tribunal Supremo de Justicia ordenó a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional, en sentencia N° 948 del 15 de noviembre de 2016, “abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de responsabilidad políticacontra el Presidente de la República” y de dictar cualquier tipo de acto al margen de lo que consideró “sus atribuciones constitucionales”.

En esa fecha la Sala Constitucional se declaró competente para conocer la acción ejercida por el procurador General de la República Reinaldo Muñoz.

La referida sentencia prohíbe convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y Poderes Públicos. La decisión refiere además, que el Presidente de la Asamblea Nacional y los demás diputados que conforman la Junta Directiva, deberán desplegar las acciones necesarias para dar fiel cumplimiento a la sentencia.

La Sala recordó las sentencias Números 808 y 810, donde ratificó que la Asamblea está en “desacato”, estableciendo pronunciamientos “que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica”, así como también en desacato a decisiones emanadas de la Sala, desacato que aún persiste, por no haber sido formalmente desincorporados los ciudadanos cuya proclamación está suspendida.

Para leer la sentencia completa haga click AQUÍ

DC | Sumarium

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