Maduro presentará Presupuesto 2017 ante Sala Constitucional del TSJ

La sentencia define que no procede «la reconducción presupuestaria» y que la AN no podrá alterar «las partidas presupuestarias». El control lo ejercerá la Sala Constitucional

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este martes que el Presupuesto Nacional 2017 deberá ser presentado por el Presidente de la República ante la Sala Constitucional del máximo tribunal del país, bajo la forma de Decreto que tendrá Rango y Fuerza de Ley, en vista de lo que califica como desacato de la directiva de la Asamblea Nacional a las sentencias de Poder Judicial.

«El Presidente la República deberá presentar el presupuesto nacional ante esta máxima instancia de la jurisdicción constitucional, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente decisión, bajo la forma de decreto que tendrá rango y fuerza de ley», expresa la sentencia publicada por el TSJ.

La sentencia también ordena que «en el presente caso no procede la reconducción presupuestaria y que, por ende, la Asamblea Nacional no podrá alterar en ningún momento las partidas presupuestarias ni pretender obstruir ni incidir en la integridad de las disposiciones establecidas en el correspondiente decreto de presupuesto nacional».

Asimismo, el TSJ indica que el decreto de presupuesto nacional estará sujeto al control de la Sala Constitucional, «conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como parte del sistema de garantías previsto en el Texto Fundamental, sin perjuicio de las atribuciones inherentes al Poder Ciudadano y a la contraloría social en esta materia».

El presidente Maduro indicó el pasado 3 de octubre que enviaría una carta al Máximo Tribunal del país para consultar las vías más expeditas para aprobar el Presupuesto de la Nación para el año 2017, ya que el Parlamento ha sido declarado en desacato por el TSJ.

DC|CP

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