Tildan de inconstitucional el decreto que prohíbe vuelos y embarcaciones a Margarita

El abogado constitucionalista José Vicente Haro, aseguró este lunes que el decreto dictado por el Gobierno del presidente Nicolás Maduro que prohíbe la navegación de embarcaciones y vuelos privados hacia y desde la Isla de Margarita, con motivo de la XVII Cumbre del Movimiento de Países No Alineados (NOAL), “es violatorio” de la Constitución Nacional.

Para Haro, la resolución viola directamente el derecho constitucional al libre tránsito, que no puede ser en modo alguno limitado o restringido por un decreto. Las únicas excepciones que se pueden establecer son aquellas que, de conformidad con una ley, “establezcan algún tipo de requisitos o restricciones por cuestiones de seguridad y defensa de la Nación como es el caso de zonas estratégicas. Y la isla de Margarita no es el caso”.

Refirió que el artículo 50 de la Constitución establece el libre tránsito de las personas por todo el territorio nacional y enfatizó en que no tiene valor jurídico, basado en el artículo 25 de la Carta Magna, que reza que todo acto dictado en el ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados en la Constitución y la ley, es nulo.

“La medida carece de legalidad constitucional, porque restringe y viola derechos constitucionales. El presidente se ha extralimitado en sus atribuciones constitucionales”, y señaló que la Constitución Nacional para el gobierno es una especie de símbolo político.

DC | NP

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