A las ongs y a los partidos políticos, por Douglas Zabala (@douglazabala)

Foro Cambio Democrático – Zulia

 

1. El Foro Cambio Democrático observa que el régimen político venezolano intensifica sus características autoritarias a través de prácticas dictatoriales. Ello conduce a un estrechamiento creciente de los espacios democráticos. Lo que se expresa no sólo en disposiciones que regimentan y dificultan la participación democrática, sino en numerosas acciones de carácter represivo como detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas.

2. Convocamos a los demócratas y a sus organizaciones a la lucha por la defensa del derecho a la participación democrática. En consecuencia, a concentrar los esfuerzos por superar los obstáculos, que sabemos desproporcionados, para la obtención del 20 % de manifestaciones de voluntad, a fin de poder convocar el Referendo Revocatorio Presidencial. Así mismo, al paso adelante que, aunque insuficiente, supone el Revocatorio en 2017 como un hito más en la ruta democrática, civil, pacífica y electoral hacia el cambio de gobierno.

3. La pretensión de establecer que el 20 % de las firmas se calcule por estado constituye una flagrante violación de la norma constitucional, la cual establece en su artículo 72 es: “el 20 % debe calcularse con base en el universo electoral de la circunscripción de que se trate”.  El propio boletín de prensa del CNE, señala: «El corte del Registro Electoral que aplicará para el proceso será el del 30 de abril de 2016 integrado por 19.465.638 electores y electoras. Siendo el 20% de éste un número de 3.893.128 electores y electoras». No calcularlo así, constituiría un atropello que violentará el derecho democrático a la participación.

Las palabras de la Rectora Socorro Hernández, cuando ha dicho que la distribución por estado es sólo parte de una primera fase administrativa, y que de no conseguirse el 20 % en algún estado, pero sí nacionalmente, el revocatorio de todos modos iría.  Con ello nos está remitiendo a los artículos 28 y 29 de las «Normas» para los Revocatorios, aprobadas por el CNE las cuales establecen:

“Durante los 15 días posteriores a la recolección de firmas, la Junta Nacional Electoral verificará y cuantificará dichas manifestaciones» (artículo 28).

«Si efectuada la cuantificación, el número de manifestaciones de voluntad es igual o mayor al veinte por ciento (20 %) de los electores inscritos en el Registro Electoral de la circunscripción de que se trate, se procederá a la convocatoria del Referendo Revocatorio” (artículo 29).

Confiamos en que así ocurra en ese momento.

Por todo ello, exigimos claridad al CNE acerca de un tema constitucional, que no admite interpretaciones.

4. El Foro Cambio Democrático, siendo que el Referéndum Revocatorio Presidencial, es un Derecho Constitucional de los venezolanos, invita a las organizaciones de la sociedad civil y a los partidos políticos, a convertir esta gran jornada de ciudadanía, en una cruzada épica por el derecho a conquistar una mejor Venezuela de forma democrática y en paz.

Foro Cambio Democrático – Zulia

Alexis Andarcia

Douglas Zabala

Enrique Vázquez

Euro González

José Antonio Chirino

Trino Nava

DC / Douglas Zabala / @douglazabala

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