La Enmienda Constitucional, por Pedro Segundo Blanco (@pedrosegundoABP)

Hace unas semanas escribí sobre las distintas formas que la sociedad democrática tiene, para ponerle un freno a la deplorable situación económica, política, social e institucional que estamos viviendo en Venezuela, por la terquedad y tozudez de un Presidente y un gobierno, que aun habiendo sido derrotados por una aplastante mayoría de venezolanos el pasado 6 de diciembre a propósito de las elecciones parlamentarias, lejos de darle lectura correcta a este mensaje del pueblo y proceder a las rectificaciones necesarias para salvar la Nación, persisten en seguir repitiendo los errores y reafirmando la equivocada ruta de imponer en el País, un modelo político-económico autoritario, clientelar, centralista, populista y anacrónico, como el que sostienen hace más de 17 años, que durante todo este tiempo, su tarea ha sido destruir todo lo útil y constructivo que a su paso encuentra; pero visto lo que está ocurriendo con el régimen y con la actitud del máximo tribunal  y sus magistrados nombrados inconstitucionalmente por ellos, en la fase agonizante de la pasada Asamblea Nacional, no queda de otra que levantar nuestras voces ante nuestros 112 representantes en el parlamento, para que estos activen con la mayoría de sus integrantes y la perentoriedad del caso, la propuesta de una ENMIENDA CONSTITUCIONAL, que tenga como único objetivo el acortamiento del mandato de los poderes públicos constituidos, para que la soberanía popular, expresada en el voto universal directo y secreto de los ciudadanos inscritos en el Registro Electoral Permanente, exprese en referéndum como lo pauta nuestra Constitución Nacional en su artículo 341, su acuerdo o desacuerdo con la moción planteada.

La carta fundamental es clara cuando establece que la propuesta de enmienda puede partir de la iniciativa del 15% de las ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro electoral permanente, quienes deben suscribir la solicitud; de la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional, que en este caso sería la mitad mas uno de los diputados y diputadas del parlamento nacional o del Presidente de la República en Consejo de Ministros, cumplidos cualquiera de estos requisitos constitucionales, que de acuerdo a nuestro planteamiento debe ser por intermedio de la mayoría de la recién electa Asamblea Nacional, dada su reciente legitimidad y apoyo popular, quien debe tomar la iniciativa, y en ese caso el Poder Electoral a través de su máximo órgano de ejecución el Consejo Nacional Electoral, está obligado a someter a Referendo la ENMIENDA en los treinta días siguientes a su recepción o solicitud formal, hecha por alguno de los tres actores señalados anteriormente, lo que significa que será el pueblo, donde reside intransferiblemente la soberanía popular, quien tendría la última palabra, para decidir si los actuales representantes de los poderes públicos, sometidos a referendo, continúan al frente de esas responsabilidades o si por el contrario por mandato popular cesan en las funciones para las cuales fueron nombrados, en el caso de los poderes derivados  o elegido en el caso del Presidente de la República. Esta seria reflexión sobre el presente y el futuro de Venezuela debe ser considerada por los representantes del pueblo, porque de Maduro y quienes tienen secuestrados los poderes públicos, no se puede esperar otra cosa, que usar cualquier artimaña para aferrarse al poder, así eso implique la total destrucción del País.

“quienes defienden el derecho a la vida de asesinos, avalan la pena de muerte de ciudadanos inocentes” PSB.

DC / Lic. Pedro Segundo Blanco / Ex parlamentario del estado Sucre / petersecond1@hotmail.com / @pedrosegundoABP

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