Adoptan nuevas disposiciones para regular propagandas electorales en Panamá

La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) inició la 39° sesión ordinaria de trabajo con la discusión de varios artículos referentes a la regulación de la propaganda electoral.

Entre los artículos tratados destaca el 198 C, el cual fue modificado y quedó de la siguiente forma: Las campañas electorales serán permitidas durante los 90 días calendarios previos a la elección general o una consulta popular, y dentro de los 60 días calendarios previos a las primarias partidarias.

Agrega que el TE ordenará la remoción de cualquier propaganda o suspensión de cualquier actividad de campaña que viole las disposiciones de este título.

Por otro lado, fueron incluidas en el Artículo 198 D, las recomendaciones de adicionar como mecanismos para la difusión de la propaganda electoral, los centros de llamadas masivas o “Calls centers” por telefonía fija o celular; este artículo con las modificaciones fue votado y aprobado por la comisión.

También se hicieron reformas en el Artículo 198 G, que trata sobre la normativa de las tarifas de la propaganda electoral. Este artículo señala que la propaganda electoral será negociada por el TE, con los respectivos proveedores tomando en cuenta las tarifas publicadas por cada medio de comunicación, informadas hasta el 31 de diciembre del año anterior a las elecciones y consultado también con el Consejo Nacional de Partidos Políticos.

DC|LEP

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