Hasta 7 mil bolívares de multa para quienes no presten el servicio electoral

A través de una nota de prensa Súmate alertó a los electores que hayan confirmado que fueron seleccionados como Miembros de Junta o Mesa Electoral y no puedan cumplir con este servicio electoral obligatorio, porque tienen más de 65 años de edad, no saben leer y escribir, tienen alguna discapacidad física, mental, de salud o legal; aspiran a ser candidatos en el proceso electoral de las Parlamentarias o laboran para un servicio de emergencia, que tienen un lapso de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados del sorteo que ocurrió el pasado miércoles 25 de marzo, para presentar una carta con la solicitud de excepción ante la Oficina Regional Electoral (ORE) del CNE en su respectivo estado, de acuerdo con lo establecido en los artículos 113 y 114 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).

Esto quiere decir que el lapso para solicitar la excepción vence el jueves 9 de abril. Luego de  entregarse la solicitud, el organismo comicial dispone de 5 días continuos para analizar y publicar la decisión tomada en los 10 días siguientes.

Según la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) la multa para las personas sorteadas como funcionarios electorales temporales que no cumplan con el servicio electoral obligatorio oscila entre Bs. 2 mil 250 y 7 mil 500.

Fuente: DC|NP

Entérate al instante de más noticias con tu celular siguiéndonos en Twitter y Telegram
Suscribir vía Telegram

Lea también

Le puede interesar además

Loading...