Pasantes deberán estar inscritos en el Registro Nacional de la Juventud Trabajadora

Este viernes se publicó en Gaceta Oficial Nº 40.540, la Ley de Juventud Productiva que establece la creación de un Registro Nacional de la Juventud Trabajadora y el Fondo Nacional para los Proyectos de la Juventud Productiva.

El Registro Nacional de la Juventud Trabajadora tendrá como objeto levantar la información personal y datos de los jóvenes, hasta los 30 años, tomando en consideración: aptitudes, vocaciones, habilidades, competencias y aspiraciones. La información deberá ser clasificada de acuerdo con el ámbito territorial por estados, municipios, parroquias y localidades.

El Ministerio para la Juventud y Deportes será el órgano encargado de reglamentar el funcionamiento del registro que debe ser actualizado constantemente.

Jóvenes deben estar inscritos para la pasantía

Las entidades de trabajo admitirán como pasantes en áreas específicas a los jóvenes que se hayan inscrito en el Registro Nacional de la Juventud Trabajadora.

Los centros de estudio deberán presentar las postulaciones respectivas para garantizar su formación integral e incorporación al proceso social del trabajo.

Una vez seleccionado el pasante, las entidades de trabajo deberán remitir al ministerio un informe del seguimiento y evaluación de desempeño de los jóvenes bajo esta modalidad.

Modalidades de ocupación

El ministerio deberá brindar las facilidades que les permita a los jóvenes emprender las iniciativas productivas; en caso contrario, se les ofrecerá oportunidades de incorporación en las entidades de trabajo que requieran personal para la incorporación laboral.

 

AVN

Entérate al instante de más noticias con tu celular siguiéndonos en Twitter y Telegram
Suscribir vía Telegram

Lea también

Le puede interesar además

Loading...