“Creación del Municipio Maracaibo Oeste ya” Parte III

Joaquin Chaparro/ Abogado, Político y Concejal de Maracaibo/ @JoaquinChaparro.-

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS (continuación)

9.- Se asume el compromiso para trabajar en equipo, no se aprueba el trato injusto de ningún tipo. Seremos honestos y considerados, mostrando integridad, respeto para los adversarios de la idea propuesta. Se valora la diversidad en la fuerza de trabajo y el buen trato a los demás, exigiendo uno igual para los miembros de la comisión promotora.

10.- Para la comisión promotora no se permite la discriminación por motivos de raza, edad, etnia, nacionalidad, religión, ideología u orientación sexual. En este contexto, se promueve la igualdad.

11.- La comisión promotora reconoce que el cumplimiento de las responsabilidades con las comunidades locales y el responder a temas de importancia nacional son esenciales para lograr el éxito a mediano o largo plazo. Por eso, el compromiso con los vecinos, comunidades y la sociedad del nuevo Municipio se fundamenta en el respeto mutuo, en la participación para promover los mejores resultados posibles.

12.- La comisión promotora está comprometido con el mejoramiento de la calidad de vida en la sociedad del nuevo Municipio donde realiza operaciones, de manera que se haga uso efectivo de los recursos en las áreas relacionadas con sus actividades promocionales.

13- Es importante ser conocidos como personas justas con quienes se puede concertar políticas e ideas. En aquellos casos en los cuales el trabajo con aliados o con terceros debe realizarse mediante acuerdos de cooperación mutua en las que se tenga una participación activa, para promover la aplicación de los principios en las relaciones estratégicas y armónicas.

14.- No se debe usar a los miembros de la familia, amigos, terceras partes u otras personas para burlar estos principios o cualquier otra actividad de la comisión promotora. Por ello, se garantiza la calidad de las comunicaciones con las comunidades, consejos comunales, partidos políticos, juntas parroquiales, vecinos, colaboradores y amigos, aspiramos mantener un diálogo constante con los grupos y sus intereses mediante la apertura y la transparencia comunicacional.

15.- Estamos comprometidos con la práctica de políticas sostenibles, apoyamos el desarrollo innovador en el contexto social y en los servicios que puedan ofrecer beneficios ambientales y sociales en el nuevo Municipio.

16.- De primordial importancia para la comisión promotora son, en especial, el abastecimiento de alimentos, la economía local sustentable, la salud, la seguridad, el desarrollo de la economía local, la planificación urbana, la consolidación de barrios, la educación, el transporte público, la construcción de viviendas, la cultura, el deporte, la vialidad, el tránsito urbano, el drenaje vial, el urbanismo,  y el medio ambiente, incluyendo organizaciones sociales, gubernamentales, comunidades, vecinos, partidos políticos, y colaboradores.

17.- Para consolidar este proyecto, es inminente la creación y organización del Poder Público Municipal, el cual se ejerce a través de cuatro funciones: a) la función ejecutiva, desarrollada por un Alcalde o Alcaldesa para el ejercicio del Gobierno y la Administración; b) la función deliberante, integrada por el Concejo Municipal, por los Concejales o Concejalas; c) la función de control fiscal, ejercida por la Controlaría Municipal, d) la función de planificación, ejercida por el Consejo Local de Planificación Pública, como base de la Controlaría social.

18.- Para legitimar la creación del nuevo Municipio Maracaibo Oeste, es necesario dar cumplimiento al artículo 67, de la Constitución del Estado Zulia, que señala lo siguiente: “Los proyectos de ley en discusión por el Consejo Legislativo serán sometidos a referendo aprobatorio, cuando así lo decidan las dos terceras (2/3) partes de sus integrantes o el diez por ciento de los electores inscritos en el registro civil y electoral correspondiente. Si del referendo resultare la aprobación, el proyecto correspondiente será sancionado como Ley del Estado, siempre que hayan concurrido el treinta por ciento de los electores inscritos en el registro civil y electoral”.

PD: Ultima entrega sobre la creación del municipio Maracaibo Oeste. Cualquier aporte/opinión/ayuda por favor, twitter: joaquinchaparro

DC/ Abog. Joaquin Chaparro O.

/@JoaquinChaparro

 

Entérate al instante de más noticias con tu celular siguiéndonos en Twitter y Telegram
Suscribir vía Telegram

Lea también

Le puede interesar además

Loading...