Pedirán inscripción militar para tramitar documentos de cualquier índole

 

La lista de casos en los que será obligatorio presentar la constancia es mucho más larga pues, además de los mencionados, el documento será requerido para “tramitar documentos de cualquier índole ante las diferentes notarías y registros públicos de la nación”.

Esa expresión, incluida en el artículo 46 de la propuesta de reforma de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, es tan amplia que abarca por ejemplo comprar, alquilar o vender propiedades; formalizar herencias; certificar poderes; constituir empresas de todo tipo; registrar sociedades sin fines de lucro; crear cooperativas y fundaciones; registrar patentes; casarse o divorciarse, y un largo etcétera de diligencias.

DC/ El Nacional 

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