“Si el candidato elegido no toma posesión el 10 de enero lo que hay es una suspensión de la toma de posesión y no una falta temporal… la Constitución habla de presidente no de elegidos”, señaló Alfredo Romero, director de la ONG.
El texto constitucional tampoco prevé quién asumiría la presidencia entre el 10 y el día en que el candidato electo se juramente, por ello instan al Tribunal Supremo de Justicia a que se pronuncie “con urgencia” ante la posible falta temporal del candidato electo.
Sobre lo que no hay dudas es que el 10 de este mes “comienza y termina el período”.
Los abogados evalúan los escenarios y no descartan presentar un recurso de interpretación de la Carta Magna ante el TSJ en los próximos días.
DC/ÚN